Tópicos: Mundo | Bolivia

Bolivia fijó hasta 30 años de cárcel para quien cause daños a etnias en extinción

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Las tres décadas de prisión son la máxima sanción que establece la legislación local.

Normativa también crea la Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios.

Bolivia fijó hasta 30 años de cárcel para quien cause daños a etnias en extinción
Llévatelo:

Una ley boliviana fijó de 15 a 30 años de prisión para quien atente y cause daños a indígenas en situación de vulnerabilidad y cuya sobrevivencia esté extremadamente amenazada, según una copia de la norma remitida este martes a EFE por el Senado.

La "ley de Protección a naciones y pueblos indígena originarios en situación de alta vulnerabilidad", aprobada la semana pasada y difundida hoy, establece las sanciones con la modificación de un artículo referido al genocidio en el Código Penal.

La pena será para el que "diere muerte o causare lesiones" a los indígenas o los "sometiere a condiciones de inhumana subsistencia o de asimilación forzosa, o les impusiere medidas destinadas a impedir su reproducción o realizare con violencia el desplazamiento de niños o adultos hacia otros grupos", señala la normativa.

En Bolivia, los 30 años de prisión son la máxima sanción que establece la legislación y también se aplican para el delito de genocidio como "masacre sangrienta", el asesinato y el feminicidio o asesinato de mujeres por violencia machista.

Según la norma, se considera a una etnia en situación de alta vulnerabilidad cuando ésta está en peligro de extinción, aislamiento voluntario o forzado, cuando se trate de grupos no contactados o en contacto inicial, así como las formas de vida transfronteriza u otras circunstancias que sean identificadas por el Estado.

Protección a los pueblos indígenas

La ley también crea la Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios (Digepio), que tendrá a cargo la investigación de la situación de las etnias en riesgo y de tomar las medidas preventivas, entre otras atribuciones.

La norma también establece penas de hasta 13 años de cárcel para quienes propaguen enfermedades, contaminen o adulteren aguas, medicamentos o alimentos, provoquen escasez de alimentos y comercien con sustancias nocivas y que tengan como víctimas a indígenas.

Además, serán condenados hasta a seis años de cárcel quienes, sin permiso, ingresen a territorios indígenas que cuentan con "la declaración expresa de emergencia de sistemas de vida en alta vulnerabilidad" con el propósito de explotar recursos naturales o realizar campañas que atenten contra esos pueblos.

La Constitución boliviana, promulgada en 2009 por el presidente Evo Morales, de la etnia aimara, reconoce oficialmente la existencia de 36 grupos nativos.

Los grupos indígenas mayoritarios en el país andino son los quechuas (1.281.116 personas) y los aimaras (1.191.352), mientras que aquellos con las poblaciones más reducidas son los machinerí (38) y los guarasug'we (42), según datos del censo de 2012.

Algunas de las comunidades en situación de vulnerabilidad son los yuquis, pacahuaras, yaminahuas, machineris, ayoreos, araonas, more tapieté, sirionós, guarasug'we y uru chipayas, según informes del Viceministerio de Justicia indígena.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter