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Cámara de Diputados aprobó proyecto sobre garantías de los derechos de la niñez

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Autor: Cooperativa.cl

La iniciativa fue despachada al Senado para su segundo trámite constitucional.

Karla Rubilar reclama que impedirá que los padres supervisen las redes sociales de sus hijos.

Cámara de Diputados aprobó proyecto sobre garantías de los derechos de la niñez
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La iniciativa tiene por objetivo la protección y garantía integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños. Su avance fue celebrado por el Movilh.

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La Cámara de Diputados aprobó este martes y despachó al Senado, para su segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que establece el Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez.

La iniciativa tiene por objetivo la protección y garantía integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, en especial, de los derechos humanos que les son reconocidos en la Constitución, en la Convención sobre los Derechos del Niño, y en los demás tratados internacionales que hayan sido ratificados por Chile.

En la oportunidad se verificaron las votaciones para ratificar las propuestas de las comisiones de Familia, de Hacienda e indicaciones presentadas por diputados y el Ejecutivo.

En general, primó siempre el criterio de la Comisión de Familia en materias como la no discriminación del niño o niña en su condición de maternidad o paternidad, donde el Ejecutivo planteaba cambiar esa frase por "padre o madre", y por su desarrollo intrauterino, frase que el Gobierno proponía eliminar.

El ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza, explicó que hay indicaciones que tendrán que ser repuestas en el trámite de la normativa que continuará en el Senado.

"Son indicaciones sobre nomenclaturas de padre o madre, aquellas definiciones que tienen que ver con el desarrollo intrauterino, pero entendemos que este es el primer trámite constitucional, viene una discusión en el Senado donde tendremos que hacer las indicaciones que nos permitan mejorar el proyecto", indicó.

Derecho preferente de los padres

Otro de los puntos aprobados en el proyecto fue el de derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar a sus hijos.

En este punto se estableció que la responsabilidad por el cuidado, asistencia, protección, desarrollo, formación y educación, así como la guía y orientación en el ejercicio de los derechos reconocidos en esta leycorresponde preferentemente a los padres y/o madres del niño, sus representantes legales o a quien lo tenga legalmente a su cuidado.

Así, los padres y/o madres ejercerán esta responsabilidad activa, equitativa y permanentemente, sea que vivan o no en el mismo hogar, por lo que es deber del Estado respetar, promover y proteger el ejercicio de esta responsabilidad.

Polémica por redes sociales

Uno de los conceptos que generó polémica durante la discusión fue el de "autonomía progresiva", que -a juicio de algunos parlamentarios- no permitiría a los padres revisar las redes sociales de sus hijos.

"No es razonable que un padre no pueda supervisar a su hijo en redes sociales. Claramente la redacción puede y debe mejorar, porque no fuimos capaces de cambiarla para evitar interpretaciones y suspicacias", sostuvo la integrante de la Comisión de Familia Karla Rubilar, según cita La Segunda.

La diputada añadió que hay "falencias" a corregir en este aspecto, porque "no deben quedar zonas grises en la ley, donde se pierda en sentido de que son los padres los que tiene el derecho preferente en la crianza de los hijos".

Si bien la diputada advierte que la iniciativa legal ha sufrido varias modificaciones desde que ingresó a trámite en septiembre de 2015 "tratamos de dejar bien establecido el derecho/deber preferente de los padres para educar a sus hijos, queda la duda en la redacción del proyecto cuál es el alcance de estos articulados en la vida cotidiana".

"Las dudas de qué pasa en la cotidianeidad no están suficientemente resueltas, y pese a que Ejecutivo ha dicho de manera verbal que no busca interferir en el derecho de los padres a educar a sus hijos, hay especialistas que sostienen que por la forma en que está redactada se puede interpretar de esa manera", remarcó la parlamentaria.

Movilh celebra avance

En tanto, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual celebró el avance de la iniciativa, al resaltar que se aprobaron "los artículos que protegen y reconocen la igualdad y la no discriminación para menores de 18 años que son lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales".

Los artículos 9 y 19 del proyecto de ley "consideran a la orientación sexual y a la identidad de género como categorías protegidas", explicó el Movilh, organismo que participó en la redacción de varias  de las indicaciones.

"Hoy se da un nuevo paso hacia el reconocimiento de la dignidad y derechos de niñas, niños y adolescentes que históricamente ha sido discriminados en razón de su orientación sexual e identidad de género. Hoy ha prevalecido el interés superior del niño y esperamos que así siga ocurriendo en los pasos que vienen, durante la tramitación de este proyecto en el Senado", dijo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

El artículo 9 del mencionado proyecto de ley establece que "ningún niño podrá ser discriminado en forma arbitraria en razón de su raza, etnia, nacionalidad, cultura, estatus migratorio, carácter de refugiado o asilado, idioma, opinión política o ideología, afiliación o asociación, religión o creencia; situación de discapacidad, socioeconómica, de maternidad o paternidad; nacimiento, sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales; estado civil, edad, desarrollo intrauterino, filiación, apariencia personal, salud, estar o haber sido imputado, acusado o condenado por aplicación de la ley N° 20.084, o en razón de cualquier otra condición, actividad o estatus suyo o de sus padres y/o madres, familia, representantes legales o quienes lo tengan legalmente a su cuidado".

En tanto, el artículo 19 señala que "todo niño tiene derecho, desde su nacimiento, a tener un nombre, una nacionalidad y una lengua de origen; a conocer la identidad de sus padres y/o madres; a preservar sus relaciones familiares de conformidad con la ley; a conocer y ejercer la cultura de su lugar de origen y, en general, a preservar y desarrollar su propia identidad e idiosincrasia, incluida su identidad de género".

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