Caso Matute: Tribunal declaró inadmisible la querella contra ministra Rivas por injurias

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

La jueza fue acusada por un ex comisario de la PDI por revelar aspectos secretos de la investigación.

La acción legal fue desestimada en un fallo unánime por la Corte de Apelaciones de Concepción.

Caso Matute: Tribunal declaró inadmisible la querella contra ministra Rivas por injurias
 ATON (Archivo)

La disputa surgió luego de que la ministra Rivas desmintió la hipótesis de Arenas sobre el crimen.

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La cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, Región del Biobío, declaró inadmisible la querella de capítulo por injurias y calumnias interpuesta por el ex comisario de la PDI Héctor Arenas contra la ministra del Caso Matute, Carola Rivas, por los presuntos delitos de injurias y calumnias.

El prefecto en retiro acusaba a la jueza de revelar aspectos secretos de la investigación y que Arenas aseguró que son falsos, como los apremios ilegítimos a los siete jóvenes procesados.

La disputa surgió luego de que, en marzo pasado, la ministra Rivas desmintió la hipótesis de Arenas, quien llegó a la convicción que Jorge Matute Johns fue víctima de una golpiza propinada por siete jóvenes en las afueras de la discotheque La Cucaracha.

En un fallo unánime, la sala desestimó la acción legal tras descartar que la magistrada haya emitido declaraciones que atentaran contra el honor del ex detective y que configuraran el delito de injurias graves con publicidad.

Una vez conocido el fallo del tribunal de alzada, la defensora de la ministra Rivas, la abogada Ximena Sepúlveda, manifestó que están "muy conformes con la resolución de la ilustrísima corte, creemos que se ha resuelto conforme a nuestra alegación".

La letrada recalcó que la ministra "nunca tuvo la atención de injuriar, básicamente lo que ocurrió en los hechos fue que ella informó respecto del Caso Matute en las distintas aristas investigativas que le correspondió investigar en su calidad de juez en el sistema antiguo".

La resolución agrega que, de acuerdo con el inciso 2° del artículo 29° de la Ley 19.733 -Sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo-, "no constituyen injurias las apreciaciones personales que se formulen en comentarios especializados".

Consultado sobre el fallo, Arenas indicó que con su abogado evaluarán llegar con una apelación ante la Corte Suprema. 

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