Tópicos: País | Judicial

Corte Suprema acogió recurso de refugiado colombiano expulsado de Chile

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal consideró arbitraria e ilegal la decisión del Ministerio del Interior, basada en un delito de 2012 cuya pena ya cumplió.

John Morales García tiene arraigo familiar e incluso una hija nacida en nuestro país.

Corte Suprema acogió recurso de refugiado colombiano expulsado de Chile
 ATON (Archivo)

La resolución respondió a "la afectación que de manera irremediable producirá en su medio familiar".

Llévatelo:

Por tres votos contra dos la Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por un ciudadano colombiano que tenía estatus de refugiado político y fue expulsado de Chile tras cometer un delito en 2012, cuya pena ya está cumplida.

La Segunda Sala del máximo tribunal consideró arbitraria e ilegal la decisión del Ministerio del Interior que ordenó la expulsión de John Morales García, quien tiene familia en el país.

El fallo sostiene "la conducta ilícita que funda la expulsión data del 17 de julio de 2012. Sin embargo, no se ha reclamado que durante su estadía en el país haya participado en otro hecho delictivo" o en alguna investigación penal.

Así, la Corte indica que el delito no constituye la situación que el legislador pormenorizó, "en que se enuncian actividades cuya realización, por su gravedad y habitualidad, determinan el más absoluto rechazo de ingreso al territorio nacional (...) y cuya pena fue cumplida", precisa.

"Tiene una hija chilena"

La resolución subraya, además, que "no es posible desatender las circunstancias personales y familiares del amparado, quien tiene una hija menor nacida en Chile" y, de ejecutarse la expulsión, ello "transgrede el interés superior del menor, pues perturbará su identidad familiar y nacional".

De este modo, infringe "los deberes que se imponen para los Estados en los artículos 3.1, 7.1, 8.1 y 9.1 de la Convención de los Derechos del Niño, y se afecta lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia".

El documento concluye afirmando que "los fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad en relación con la naturaleza" y "considerando la afectación que de manera irremediable producirá en su medio familiar, son motivos suficientes para revocar el fallo apelado".

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter