Empresa Gas Sur fue condenada a pagar una multa de 263 millones de pesos

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

La firma fue declarada culpable de comercializar 605 artefactos intervenidos sin certificación de la SEC.

"Esperamos que esto sea una señal ejemplarizadora", dijo el superintendente Luis Ávila.

Empresa Gas Sur fue condenada a pagar una multa de 263 millones de pesos
 Gas Sur

El abogado de Gas Sur reconoció que la empresa incurrió en "un error".

Llévatelo:

La Corte Suprema confirmó una condena de 263 millones de pesos contra la empresa Gas Sur, por considerarla responsable de incurrir en una "falta grave" al vender productos intervenidos ilegalmente para funcionar con un gas distinto para el que fueron construidos.

La Tercera Sala del máximo tribunal ratificó una multa aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) contra la distribuidora "por haber comercializado artefactos peligrosos sin la respectiva certificación".

Según explicó la SEC en un comunicado, el caso quedó al descubierto luego de una denuncia recibida en la ciudad de Concepción por un calefont que no funcionaba correctamente.

Esto "permitió comprobar que la empresa GAS SUR había estado comercializando, desde el año 2010, artefactos, originalmente destinados para Gas Natural, pero convertidos, irregularmente, sin cumplir con los procesos de certificación de seguridad que exige la norma, con el objetivo de adaptarlos al gas que ellos distribuían en la zona (Gas de Ciudad)", explicó la Superintendencia.

Tras la multa de la SEC la firma recurrió a la Corte de Apelaciones de Concepción y a la Corte Suprema, que ratificó la postura del organismo fiscalizador, fijando la multa en 510 UTA (Unidades Tributarias Anuales), equivalentes a más de 263 millones de pesos.

"Efectivamente, la concesionaria (empresa) informó la comercialización reiterada, en los últimos años, de 605 artefactos intervenidos, sin que éstos contaran con los respectivos certificados de aprobación que avalaran un producto que había sido transformado en sus componentes esenciales, situación que en estrados el abogado de la concesionaria reconoció explícitamente como un error", consigna el fallo, según lo informado por la SEC.

"Señal ejemplarizadora"

El superintendente Luis Ávila valoró el fallo, al destacar que el principal criterio de la organización "es salvaguardar la seguridad de las personas y sus bienes, pues, ciertamente, estos productos, al no estar correctamente certificados, representaban un peligro para los ciudadanos de la Región del Bíobío".

"Esperamos que esto sea una señal ejemplarizadora para que las empresas cumplan lo que establece la normativa en cuanto a la certificación de sus productos, ya que, de lo contrario, junto con poner en riesgo la seguridad de los usuarios, se exponen a importantes multas", agregó Ávila.

La autoridad finalizó señalando que otro punto relevante del fallo es que "asienta la doctrina" del organismo fiscalizador, de considerar la comercialización de artefactos no sólo en lo referido a aquéllos que están en los puntos de venta al público, sino también a aquellas unidades que están en las bodegas de las respectivas empresas.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter