Caso "Hijitus": El Estado deberá pagar millonaria indemnización a familia imputada

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Los Romeo Gómez fueron acusados de abuso sexual para, luego del escarnio público, ser absueltos de todos los cargos.

El fallo fue emitido por el Segundo Juzgado Civil de Santiago y apelado tanto por la parte demandante como por el CDE.

Caso
 Archivo

Juan Manuel Romeo, monitor de computación en el jardín infantil, pasó 20 meses en prisión preventiva siendo inocente.

Llévatelo:

El Segundo Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar 265 millones de pesos a cinco miembros de la familia Romeo Gómez, por el daño moral y la "estigmatización y juicio social" que se generó sobre ellos en el marco del "caso Hijitus".

El fallo obedece a una demanda civil presentada por el abogado Freddy Henríquez en representación de los Romeo Gómez, luego de que madre e hijo fueran imputados en la causa por presunto abuso sexual contra menores de edad en el jardín infantil "Hijitus de la Aurora", para luego terminar absueltos de todos los cargos.

De acuerdo con lo informado este lunes por La Segunda, entre los beneficiados con esta indemnización se encuentra Juan Manuel Romeo Gómez, quien se desempeñaba como monitor de computación en el establecimiento y permaneció 20 meses en prisión preventiva, y su madre, Ana María Gómez, quien era la dueña del jardín infantil.

"Se destruyó a una familia entera"

El abogado Henríquez explicó al vespertino que "lo principal que se demandó fue el daño moral, ya que se destruyó a una familia entera, un proyecto de familia".

"Lo que ocurrió es que un servicio público, que ofrece el Ministerio Público, sucumbió a creer todo lo que le dijo un abogado querellante particular, y de ahí en adelante fue la debacle", dijo Henríquez en alusión a su colega Mario Schilling.

El profesional añadió que "si bien la divulgación pública y errática de los rasgos de la investigación que afectaba a los miembros del grupo familiar de los actores no se debió en exclusivo a la actuación del Ministerio Público, es indudable que contribuyó a ello con la intervención del vocero de la Fiscalía Oriente de Santiago".

El fallo del Segundo Juzgado Civil de Santiago fue apelado tanto por la familia demandante -ya que el tribunal desestimó la solicitud de reparación económica por daño emergente y lucro cesante- y por el Consejo de Defensa del Estado (CDE).

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter