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Supermercado debe pagar casi cuatro millones por caída de anciana en local sureño

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Autor: Cooperativa.cl

La profesora Marielena Villouta, de 71 años, sufrió una fractura lumbar al resbalar en la rampa de acceso al recinto.

El 18° Juzgado Civil de Santiago determinó que hubo una "negligencia grave" de Unimarc.

Supermercado debe pagar casi cuatro millones por caída de anciana en local sureño
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Unimarc alegó que los hechos ocurrieron por "culpa exclusiva de la víctima".

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El 18° Juzgado Civil de Santiago condenó a Supermercados Unimarc  a pagar tres millones 881 mil 596 pesos a una cliente que sufrió una severa contusión en la espalda al caer en el acceso a un local ubicado en la ciudad de Coyhaique.

La jueza Claudia Donoso Niemeyer determinó que la sociedad Rendic Hermanos (dueña de Unimarc) debe pagar tres millones por daño moral y 881 mil 596 pesos por daño emergente a la profesora Marielena Villouta Sanhueza, quien, en su demanda, exigía una indemnización de 120 millones

La sentencia detalla que el hecho ocurrió el 26 de agosto de 2011, cuando -tras realizar las compras del mes- la mujer resbaló por la "angosta rampa" que constituye el acceso principal por el que el público que ingresa y sale del recinto, donde no existía "ningún elemento de seguridad que ayudase a ascender y descender en forma segura".

Villouta relató que "sus pies resbalaron repentinamente por la superficie mojada", por lo que "cayó en forma abrupta, golpeándose la zona baja lumbar"; y sufrió una "fractura flexocompresiva de la vértebra lumbar N° 12" que fue constatada en la Clínica Alemana de Santiago y que, "atendida su edad de 71 años, no es operable", por lo que "le provocará dolores por el resto de su vida".

Agrega que "a partir del accidente sufrido su vida no ha vuelto a ser la misma", pues tiene recurrentes "episodios de dolor, licencias médicas" y elo ha redundado en "na fuerte baja en su productividad laboral"

Unimarc solicitó el rechazo de la demanda y sostuvo que los hechos fueron "culpa exclusiva de la víctima", pero el Juzgado determinó que hubo una efectiva "falta de prevención de riesgos" en el local, lo que supone una "negligencia grave" (ver archivo adjunto).

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