Superintendencia formuló cargos contra relleno Santa Marta y pidió su clausura parcial

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Autor: Cooperativa.cl

El organismo advirtió que la reapertura requiere "nuevas exigencias de monitoreo" y que se recibirá basura en un área "segura".

La resolución se conoce a horas de que los recolectores definan si paralizarán sus funciones en la Región Metropolitana.

Superintendencia formuló cargos contra relleno Santa Marta y pidió su clausura parcial
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La zona donde se produjo el deslizamiento de basura y el incendio permanecerá clausurada.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra el relleno sanitario Santa Marta y solicitó la clausura parcial del recinto, resolución que se conoce a horas que los recolectores definan si paralizarán sus funciones en la Región Metropolitana.

La resolución exenta deberá ser presentada por la empresa ante la Corte de Apelaciones de San Miguel para que ésta se pronuncie en torno a la reapertura del relleno, que es la solicitud de los recolectores.

La SMA formuló 12 cargos, uno de ellos gravísimo, ocho graves y tres leves por incumplimientos a las medidas establecidas en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).

El cargo gravísimo es por "no reportar total o parcialmente informes de seguimiento ambiental para parámetros de líquidos percolados y aguas superficiales", mientras que entre los cargos graves está "el ingreso no autorizado de 52.511 toneladas de lodos durante 2014 y de 57.418 toneladas de lodos durante 2015".

Mientras que la fiscal instructora del caso solicitó al superintendente Cristián Franz dictar la medida de clausura parcial del recinto, con el objetivo de evitar un daño al medio ambiente y la salud de las personas.

Se solicitó al Tribunal Ambiental la autorización para reabrir un área específica del recinto, que tiene una superficie inferior al 10 por ciento del relleno, una zona que ha sido definida como "segura desde el punto de vista de estabilidad y del control ambiental y sólo podrá recibir residuos domiciliarios".

Nuevas exigencias de monitoreo

Se especificó que "se prohíbe totalmente en esta área la disposición final de lodos" y, además, la reapertura parcial del recinto incluye nuevas exigencias de monitoreo y reportes diarios y semanales a la empresa.

Estos reportes deben ser "sobre aspectos como los tonelajes diarios dispuestos, las medidas de impermeabilización de la nueva zona de recepción de residuos, entre otros".

De autorizarse por el Tribunal Ambiental la solicitud de la SMA, la zona donde se produjo el deslizamiento de basura y el incendio permanecerá clausurada.

El consorcio Santa Marta tiene 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento ante la SMA o bien, 15 días hábiles para formular sus descargos y continuar el proceso sancionatorio.

Cabe mencionar que las infracciones gravísimas podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental, clausura, o multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) (5.421.600.000 pesos); mientras que las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA (2.710.800.000 pesos); y las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA (542.160.000 pesos).

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