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El acoso sexual no existe como delito en Chile

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Autor: Cooperativa.cl

Este tipo de prácticas está legalmente sancionado solamente en el ámbito laboral.

La legislación chilena solo contempla el abuso sexual.

El acoso sexual no existe como delito en Chile
 ATON (referencial)

El acoso callejero tampoco está regulado en la ley: Hay un proyecto en el Congreso desde 2016.

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Tras las denuncias de acoso y abuso en contra del cineasta Nicolás López y el director de teleseries Herval Abreu, nuevamente se puso en discusión la situación del acoso sexual en Chile, que en nuestro país no está tipificado como delito.

Recién en 2005 la legislación contempló la definición y disposiciones sobre acoso sexual, pero solo en el ámbito laboral. En tanto, el abuso sexual sí se encuentra tipificado como delito, explica una nota de La Tercera.

Diferencias entre abuso y acoso

Según la norma chilena, asegura el matutino, el acoso sexual es una acción en que una persona (hombre o mujer) realiza en forma indebida y por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual no consentidos y que amenacen o perjudiquen su trabajo o sus oportunidades de empleo. Va desde propuestas verbales hasta misivas personales y correos electrónicos.

La diferencia con el abuso sexual, es que "es un delito perseguible por vía del Ministerio Público y tribunales penales", explicó la abogada Joanna Heskia a LT, y agregó que a diferencia de abuso, "requiere de fuerza o intimidación o de que la víctima esté privada de sentido".

Respecto al acoso sexual, "hay un vacío", indicó al periódico María Elena Santibáñez, directora del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad Católica.

En el caso del abuso, además, la penalización puede ir desde los 5 a los 15 años de cárcel, si la condena es por violación.

Respecto al acoso, "solo se trata de conductas sancionadas por el Código del Trabajo, que contempla un protocolo para denuncias que da lugar a indemnizaciones o despido si es por parte de otros pares,  o puede haber indemnizaciones en el caso de que sea de parte de un jefe, que puede dar lugar a un autodespedido y que se le indemnice con creces", explicó y agregó que por eso hay un proyecto de ley de respeto callejero que desde 2016 está en segundo trámite.

Las denuncias también se hacen de forma diferente: en el caso del abuso, se puede presentar en las policías y en las fiscalías; mientras que en el caso de acoso, sólo se puede recurrir al empleador directamente o bien a la Inspección del Trabajo.

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