Caso Penta: Corte declaró inadmisible recurso de queja contra juez

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Autor: Cooperativa.cl

El fallo descartó que existieran faltas o abusos del juez al permitir que los fiscales declaren en el caso Penta.

Con esto se confirmó que los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena deberán dar su testimonio.

Caso Penta: Corte declaró inadmisible recurso de queja contra juez
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Según la defensa, los fiscales engañaron a Lavín y Délano cuando recién se inició la investigación del caso Penta.

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El pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de queja disciplinario que había presentado la Fiscalía Oriente en contra del juez del Octavo Juzgado de Garantía de la capital, Juan Manuel Escobar.

Con esto se confirmó que los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena deberán declarar como testigos en el marco del caso Penta tal como lo pidió la defensa de los controladores del holding, Carlos Alberto Delano y Carlos Eugenio Lavín.

El magistrado Escobar decretó la reapertura de la investigación en el caso Penta por 120 días luego de las peticiones de las defensas de seis de los imputados para continuar realizando diligencias en esta indagatoria.

Entre ellas, el juez acogió la petición de la defensa de los controladores del grupo y decretó que se cite a declarar a los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena, además de un funcionario de la PDI, quienes, según la defensa, engañaron a Lavín y Délano cuando recién se inició la investigación del caso Penta.

Explicación de la defensa de Délano y Lavín

El abogado de Délano y Lavín, Julián López, comentó que "lo que implica la resolución es que los fiscales tienen que declarar sobre qué fue lo que le dijeron a mis representados antes de tomarles declaración"

"En ese momento, los fiscales hicieron a mis representados promesas engañosas que no se cumplieron, por lo tanto, la prueba que se obtuvo a partir de esas promesas debe ser excluida en la audiencia de preparación del juicio oral", explicó el jurista.

López remarcó que "lo que se busca no es remover a los fiscales, si ellos dicen la verdad y admiten el hecho no hay ninguna razón para que ellos queden inhabilitados ni sean removidos de su participación en el juicio oral".

Querellante acusó maquinación de la defensa

Por su parte, el abogado querellante en esta causa, Mauricio Daza, sostuvo que "esto es parte de una maquinación de la defensa de Délano y Lavín para evitar, a través de una maniobra procesal, el que participen en el respectivo juicio oral los fiscales Gajardo y Norambuena"

Daza detalló que esto se daría "en la medida que finalmente, en la audiencia de preparación de juicio oral, se acepte que ingresen como prueba la declaración de ahora testigos como un medio a rendir durante ese juicio oral".

"Si es que esto se llega a concretar, cosa que se va a ver en la respectiva audiencia de preparación de juicio oral, se estaría haciendo un daño muy importante a una investigación compleja", aseveró.

A su vez, el abogado del Partido Socialista, Enrique Aldunate, sostuvo que "evidentemente perder unas declaraciones de esa índole pueden afectar, de una u otra manera, las pruebas que pueden servir de base para lo que es la acusación. Ahora, existe otro tipo de pruebas que se pueden utilizar".

Asociación de Fiscales expresó preocupación

Por su parte, desde la Asociación Nacional de Fiscales expresaron que ven con preocupación el criterio inédito que se zanjó en este caso.

La presidenta de la asociación, Trinidad Steinert, indicó que "es una resolución, a mí modo de ver, que si bien hay que cumplir, extraordinaria y vulnera o altera todo lo que es el sistema procesal penal".

"Por lo tanto, esperamos como gremio que esto no sea una forma para inhabilitar a un fiscal que ha llevado una investigación, sobre todo en estas materias que son tan complejas", sentenció.

El fallo descartó que existieran faltas o abusos del juez al permitir esta diligencia que podría inhabilitar a los fiscales de seguir como investigadores en esta causa.

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