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Reclamos contra alza de isapres aumentaron 259 por ciento

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Autor: Cooperativa.cl

Son más de 800 las denuncias presentadas ante la Superintendencia del ramo.

Abogado aseguró que "el alza de las Isapres constituye un acto que se considera arbitrario e ilegal".

Reclamos contra alza de isapres aumentaron 259 por ciento

Afiliados tienen 30 días, después de recibir la notificación del alza, para presentar un recurso de protección.

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En un 259 por ciento han aumentado los reclamos por las alzas en los planes de Isapres ante la Superintendencia de Salud, siendo más de 800 las denuncias presentadas por usuarios.

Esto luego de las alzas que sufrieron los planes de Isapres como Colmena que subió un 6,8 por ciento, Cruz Blanca 6,6 por ciento, Vida Tres 5,5 por ciento, Consalud 5,4 por ciento y Banmédica 4,9 por ciento.

Según el análisis de la superintendencia, el total de reclamos presentados ante la institución alcanza los 3.213 casos, de los cuales un 27 por ciento corresponde a quejas por reajuste de tarifa del plan de salud, es decir, 893 usuarios.

Para el estudio jurídico Montt y Montt Asociados, el incremento el los reclamos se debe al derecho de las personas de interponer un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones ante estas alzas injustificadas.

Matías Parra, abogado del estudio jurídico, explicó que "el alza de las Isapres constituye un acto que se considera arbitrario e ilegal, consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base del plan de salud de la persona afectada".

Con esto, "se está vulnerando su garantía constitucional", por lo que "se solicita a la Corte de Apelaciones que se acoja el recurso y se deje sin efecto el proceso de adecuación que le comunica la Isapre, debiendo ordenársele que mantenga su plan de salud en las mismas condiciones y precios actuales".

La persona afectada tiene 30 días, desde que recibe la notificación del alza, para pedir un recurso de protección en la Corte de Apelaciones.

El abogado comentó que si bien las Isapres tienen la facultad legal para cambiar los precios, la norma indica que todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado si no por su consentimiento mutuo o por causas legales y, por consiguiente, sólo puede ser aplicada en forma restringida.

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