TDLC impuso millonarias multas a laboratorios por colusión en licitaciones de Cenabast

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Autor: Cooperativa.cl

Dos de las tres empresas acusadas deberán pagar cerca de 30 millones de dólares por el cartel que mantuvieron por casi 14 años.

Deberán adoptar también un programa de cumplimiento en materia de libre competencia.

TDLC impuso millonarias multas a laboratorios por colusión en licitaciones de Cenabast
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El "cartel" se extendió en 1999 y 2013, "a lo menos", según el fallo.

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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió este viernes el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) hace dos años contra tres laboratorios acusados de coludirse para afectar licitaciones de medicamentes inyectables.

La FNE denunció a Biosano, Fresenius Kabi Chile y su filial Sanderson, en agosto de 2016, por formar y mantener un cartel para afectar las licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir ampollas de medicamentos.

De esta manera, en una resolución unánime, el TDLC impuso una multa de 30 mil Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a 25,6 millones de dólares) al laboratorio Sanderson, y de 2.463 UTA, alrededor de 2,1 millones de dólares, a Fresenius Kabi Chile.

En el caso del laboratorio Biosano, el Tribunal lo eximió de multa debido a que se acogió al programa de delación compensada.

En la sentencia, el TDLC afirma que las pruebas acreditaron que los tres laboratorios "acordaron afectar procesos de licitación convocados por Cenabast para la provisión de inyectables de menor volumen, desde a lo menos el año 1999 a febrero de 2013", es decir, "por al menos 14 años sobre productos de vital importancia para el sistema público de salud".

FNE: "Colusión es inaceptable"

Para el jefe (s) de la FNE, Mario Ybar, "es inaceptable que las empresas se coludan y es aún más reprochable que lo hagan afectando al Estado en licitaciones públicas, sobre todo si se trata de medicamentos, como en este caso".

"Esperamos que una sentencia tan clara como la que ha dictado el Tribunal ayude a que situaciones como ésta vayan desapareciendo de nuestros mercados", manifestó.

El fallo impone, además, a Sanderson y a Fresenius la obligación de adoptar durante cinco años un programa de cumplimiento en materia de libre competencia acorde a la "Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia", elaborada por la FNE.

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