Tribunal condenó a París a indemnizar a mujer despedida por condición homosexual

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Autor: Cooperativa.cl

Juzgado de Letras del Trabajo impuso una reparación cercana a los 2,5 millones de pesos.

Tribunal determinó "la existencia de la lesión de los derechos fundamentales denunciada".

Tribunal condenó a París a indemnizar a mujer despedida por condición homosexual
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Según la afectada, el despido fue el fin de un creciente período de persecución laboral, malos tratos y reiterados insultos.

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La justicia dictaminó que la cadena de tiendas París, perteneciente al holding Cencosud, deberá indemnizar a una trabajadora que denunció haber sido despedida por su condición homosexual.

Según el informe del primer juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la operaria que trabajaba en las bodegas, cuyo nombre fue protegido por los tribunales, señaló que fue despedida en febrero de este año en forma discriminatoria y arbitraria por su condición homosexual, la que era conocida por la empresa.

La cadena de tiendas argumentó la causa del despido como "necesidades de la empresa", señalándole que su cargo iba a ser suprimido, lo que no ocurrió.

La afectada denunció que el despido fue el fin de un creciente período de persecución laboral, malos tratos y reiterados insultos que se inició con la llegada de un nuevo jefe en 2013, quien según la demandante solía hacer comentarios como: "a ésta yo no la puedo mirar o tratar como mujer, para mí es un hombre".

En sus descargos la empresa aseguró que las acusaciones son falsas y que en la planta de trabajadores, existen de toda índole de credos, razas, orientación política o sexual.

Sin embargo, el tribunal le encontró la razón a la demandante y determinó "la existencia de la lesión de los derechos fundamentales denunciada en cuanto a que la demandada discriminó a la trabajadora por su condición homosexual".

Por ello, condenó a la empresa denunciada al pago de 2.282.350 pesos (unos 3.900 dólares), equivalente a siete remuneraciones, y además 293.445 pesos (unos 500 dólares), por recargo del 30 por ciento por años de servicios.

Asimismo, la sentencia establece que como medida de reparación la empresa se compromete a capacitar a supervisores y jefaturas directas respecto de la discriminación en materia laboral y deberá solicitar disculpas por escrito a la afectada.

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