Corte Suprema concedió tuición de dos niños a padre que vive con su pareja gay

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal falló a favor del hombre al cabo de un extenso litigio judicial con la madre de los menores.

La resolución fue considerada "histórica" por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual.

Corte Suprema concedió tuición de dos niños a padre que vive con su pareja gay
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El fallo contrasta la decisión que adoptó la Corte Suprema en el año 2004 contra la jueza Karen Atala.

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La Corte Suprema concedió el cuidado personal de dos mellizos de tres años a un padre homosexual que en la actualidad convive con su pareja del mismo sexo.

Según informó el Poder Judicial en su sitio web, la decisión de la Cuarta Sala del máximo tribunal se adoptó en un fallo dividido con los votos a favor de los ministros Carlos Cerda y Andrea Muñoz, además del abogado integrante Álvaro Quintanilla, mientras que los magistrados Ricardo Blanco y Gloria Ana Chevesich estuvieron por conceder la tuición a la madre.

Cronología del litigio

Los niños -cuya identidad, al igual que la de los progenitores, se resguarda en la difusión del fallo- nacieron el 21 de enero de 2014 y, según acusó el padre, en los meses posteriores la madre puso obstáculos para él los llevara a su hogar luego de haber iniciado una relación con una persona de su mismo sexo.

En el año 2015 la mujer viajó a Uruguay y mantuvo allí a sus hijos durante cinco meses, actuando "ilícitamente" y "restituyendo a los niños a Chile sólo cuando así se le ordenó", según determinó un fallo dictado el 22 de junio de 2016 por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago.

La resolución de primera instancia acogió la demanda del padre y le brindó la tuición, señalando que contaba con "mejores habilidades parentales, características psicológicas, económicas y sociales para hacerse cargo del cuidado de los niños, pudiendo brindarles una mayor estabilidad y protección en comparación con la madre".

Sin embargo, esta decisión fue revocada el 22 de noviembre del 2016 por la Corte de Apelaciones de Santiago, que entregó el cuidado personal a la mamá.

El tribunal de alzada estimó entonces que el "conflicto familiar (...) aparece generado por el padre en su intención de homologar a la madre con su pareja", y tomó en consideración "el temor de ella de ser anulada en su calidad de tal", además de "su fuerte concepto de familia tradicional respecto a la no aceptación de la pareja del padre y la judicialización del conflicto familiar".

La Corte de Apelaciones dio cuenta además de un estado de "confusión y ansiedad que le dificulta (a la mujer) tener respuestas acertadas y empáticas en algunas ocasiones".

El fallo definitivo

Ante esto el padre presentó un recurso de casación que fue acogido por la Corte Suprema, que dio por acreditada la "retención ilícita de los niños en Uruguay por la madre, llegando al extremo que su restitución hubo de ser obtenida a través de resolución judicial dictada por los tribunales de ese país.

"Si los sentenciadores estimaban prioritario mantener la estabilidad de los niños, no podían obviar esta circunstancia, desde que ciertamente es demostrativa de una actitud que la perturba y que, en consecuencia, contraría el interés superior de los niños, que para su pleno desarrollo requieren mantener una vinculación 'sana y cercana', a través de un 'contacto periódico y estable' con el padre o madre que no ejerza el cuidado personal, según establece el artículo 229 del Código Civil", sentencia la Corte Suprema (ver archivo adjunto).

Movilh celebra resultado "histórico"

La decisión judicial fue celebrada por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, que en su sitio la calificó como "histórica".

"Estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, éste el primero de un padre gay, y donde en la misma sentencia se hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él", comentó Rolando Jiménez, ex presidente del Movilh.

"Para los jueces lo relevante fue el interés superior del niño, no así la orientación sexual de los padres, lo cual viene a demostrar judicialmente que, para la crianza, lo más importante es y debe seguir siendo la capacidad de entregar amor, afecto y protección", agregó Jiménez.

Óscar Rementería, vocero del Movilh, habló en Twitter de un "gran avance contra los prejuicios hacia parejas del mismo sexo", mientras la Fundación Iguales resaltó que la Suprema falló en pro de la "estabilidad de los niños".

El caso descrito contrasta con la decisión que adoptó en el año 2004 la Corte Suprema en contra de la jueza Karen Atala, caso que llevó a que, en 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara al Estado de Chile al pago de una millonaria indemnización y a realizar un "acto público de reconocimiento de responsabilidad".

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