Pastor evangélico deberá pagar cinco millones por dichos contra el Movilh

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Autor: Cooperativa.cl

Cristian Nieto dijo que el movimiento pedía que las relaciones sexuales entre adultos y menores de 14 años fueran consentidas.

El fallo, por concepto de "daño moral", "marca y un después para los derechos LGBTI en Chile", destacó el dirigente Rolando Jiménez.

Pastor evangélico deberá pagar cinco millones por dichos contra el Movilh
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El 25° Juzgado Civil de Santiago condenó a la Catedral Evangélica y al pastor Cristian Nieto a pagar la suma de 5 millones de pesos por concepto de "daño moral" por dichos que este último realizó en el templo de la entidad religiosa en contra del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

El pasado 8 de febrero el Movilh demandó al templo y a Nieto, director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, luego de que éste asegurara, desde el altar, que el movimiento LGBTI promovía el abuso de menores de 14 años y la prostitución infantil al exigir la derogación y/o modificación del artículo 365 del Código Penal, indicó la agrupación en un comunicado.

Tras la demanda y solicitud de indemnización de perjuicios, la jueza Rodríguez Muñoz desestimó que los dichos de Nieto estuviesen amparados por la libertad religiosa, de opinión o de información, como alegó la Catedral Evangélica, en tanto se trataba de declaraciones de tipo político que afectaban al Movilh al asociar a dicho movimiento a un delito.

Para el dirigente del Movilh Rolando Jiménez, "esta sentencia es una luz de justicia frente a las acusaciones infundadas que diariamente reciben las organizaciones LGBTI de manos de sacerdotes, pastores e iglesias que, amparados en una mal entendida libertad de religión, de expresión y creencias, piensan que tienen derecho a perjudicar la labor de grupos de derechos humanos asociándonos a la ocurrencia de delitos, todo lo cual no tiene otra explicación que la homofobia, la transfobia y el desprecio a la plena igualdad de derechos de las personas LGBTI".

Añadió que "con este fallo se marca y un después para los derechos LGBTI en Chile, pues se ha sentado un precedente para que nunca más queden impunes las acusaciones homofóbicas y transfóbicas contra los movimientos de la diversidad sexual y de género", señala el texto del Movilh.

El fallo

El fallo explica que las polémicas declaraciones al interior de la Catedral Evangélica no se pueden respaldar bajo el argumento de opiniones vertidas bajo la libertad de culto.

"Del contenido de las declaraciones que motivan el pleito, se desprende que éstas se refieren a aspectos de connotación pública, de carácter político y legislativo, por lo cual no se relacionan con el contenido de la libertad de creencias, que invocan los demandados", señala.

Finalmente, el texto señala que "de tal manera que la emisión de dichas opiniones, emitidas ante el público de una ceremonia de culto y divulgadas públicamente en Internet, inciden en la imagen pública de la organización demandante, toda vez que se la está asociando, por la vía de una opinión y no de una información objetiva, a la promoción de un delito de carácter sexual contra menores de edad (...)".

Agrega que "es evidente que, en la vida en sociedad, proceder a asociar, por medio de opiniones, las actividades de una organización legalmente constituida con actividades delictuales, puede traer consecuencias negativas en la imagen pública de ésta ante los demás partícipes de la sociedad".

En tanto, la jueza desestimó la solicitud del Movilh en cuanto a que se pidieran disculpas públicas por los dichos de Nieto.

Además, desde el movimiento están atentos ante una posible apelación del fallo por parte del organismo religioso en los tribunales correspondientes.

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