Senado despachó norma que garantiza velocidades mínimas para navegar en Internet

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Autor: Cooperativa.cl

La modificación a la Ley General de Telecomunicaciones quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputados.

Una empresa externa elegida mediante licitación pública será la encargada de hacer las mediciones.

Senado despachó norma que garantiza velocidades mínimas para navegar en Internet
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En Chile, los accesos a Internet llegaron a 11,5 millones.

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La Cámara Alta despachó una norma para mejorar los parámetros de los servicios que prestan las empresas proveedoras de Internet.

Esta iniciativa parlamentaria busca modificar la Ley General de Telecomunicaciones, para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet, en un país con altas tasas de conectividad.

Entre algunas de las indicaciones de esta norma se estipula que los prestadores de servicios de Internet cuenten con una concesión de servicio público otorgada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Además, obliga a las empresas a establecer claramente los niveles de navegación, a diferenciar el tráfico de datos nacionales e internacionales y a someterse a mediciones periódicas.

A pesar del avance de esta norma, Chile es considerado como el país latinoamericano con mayor velocidad de navegación.

Ahora, la norma podrá continuar su segundo trámite en la Cámara de Diputados antes de ser promulgada.

El contenido del proyecto

Exige a todos los prestadores de servicios de Internet, contar con una concesión de servicio público otorgada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Obliga a las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones, que presten servicio a los proveedores de acceso a Internet, a garantizar un porcentaje mínimo de la velocidad de acceso a internet ofrecido en sus distintos planes comerciales.

En los contratos entre un proveedor de acceso a Internet y un usuario, deberá quedar establecida cuál será la velocidad de acceso, tanto de las conexiones nacionales como de las internacionales.

Además, las concesionarias deberán poner a disposición de los usuarios un sistema de medición de dichas velocidades.

Los proveedores de acceso a Internet deberán cumplir con los niveles de calidad de servicio, metodología y periodicidad de las mediciones, los valores mínimos y demás características técnicas que permitan comercializar servicios de acceso a Internet bajo la denominación de banda ancha, de acuerdo a las normas que sobre la materia establezca el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Encarga efectuar las mediciones de calidad del servicio a un organismo técnico independiente, designado mediante licitación pública, en la forma y cumpliendo las condiciones que se establecen en la iniciativa.

Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que tiene la Subsecretaría de Telecomunicaciones de efectuar sus propias mediciones, en cumplimiento de sus funciones.

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