Gobierno ingresó proyecto de Retiro y Recuperación a la Cámara Baja con discusión inmediata

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Autor: Cooperativa.cl

Iniciativa busca reemplazar el tercer retiro de fondos de pensiones despachado por el Congreso, que La Moneda envió al Tribunal Constitucional.

Anunciada anoche por el Mandatario, establece una fórmula para el reintegro de los fondos, un "bono saldo cero" y un anticipo, con cargo fiscal, para rentas vitalicias.

Gobierno ingresó proyecto de Retiro y Recuperación a la Cámara Baja con discusión inmediata
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Pasadas las 21:00 horas de este lunes el Gobierno ingresó el proyecto de Retiro y Recuperación a la Cámara Baja con el que busca reemplazar la reforma constitucional que ya fue despachada por el Congreso Nacional para un tercer retiro de fondos previsionales a causa de la pandemia de Covid-19.

La nueva iniciativa del Ejecutivo es con discusión inmediata y según expresó el ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa, "esperamos su pronta aprobación para llegar con más ayuda a las familias que lo necesitan".

La propuesta fue anunciada anoche por el Presidente Sebastián Piñera, tras una serie de reuniones el fin de semana, la más importante ayer domingo, en la que estuvo flanqueado por el comité político, dirigentes de Chile Vamos, jefes de bancada e incluso abanderados presidenciales, con excepción de Evópoli, que se restó por considerar que el tema se ha llevado transversalmente en base a "cálculos electorales".

"Soluciona muchos de los problemas" de la reforma transitoria de los parlamentarios, aseguró ayer el Mandatario.

El proyecto del Gobierno permite solicitar el retiro de ahorros hasta el 31 de diciembre, con un mínimo de 35 UF (cerca de un millón de pesos) y un máximo de 150 UF (unos 4,4 millones de pesos). Aunque, como los dos giros anteriores, si el ahorra de la cuenta de capitalización individual es inferior a 35 UF, el afiliado podrá sacar la totalidad.

También establece el pago de impuestos sólo para quienes perciben las rentas más altas. "Los fondos retirados serán considerados un ingreso no constitutivo de renta para aquellas personas cuya renta imponible del año correspondiente al retiro no sobrepase las 35 unidades tributarias anuales", dice el texto.

A diferencia de los retiros anteriores, contempla un mecanismo de reintegro de los fondos que sean girados desde las cuentas individuales en las AFP, mediante una cotización adicional de 1% a cargo del empleador y otro 1% aportado por el Estado -con un tope de 0,3 UF-, a partir del 1 de enero del 2022.

Tanto esa cotización extra como la bonificación fiscal "no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones", aclara también.

El texto de la iniciativa igualmente se hace cargo de las dudas surgidas en torno al llamado "bono saldo cero", de 200.000 pesos a quienes hayan quedado en cero producto de los retiros anteriores. Según la propuesta, beneficiará a quienes quedasen sin recursos en sus cuentas en las AFP "en algún momento" entre la fecha de vigencia del primer retiro, 30 de julio del 2020, y el 31 de marzo del 2021.

"Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial (...) Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar de forma voluntaria un retiro de fondos de conformidad a lo establecido en este artículo. El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones", establece.

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ANTICIPO CON CARGO FISCAL PARA RENTAS VITALICIAS

El Ejecutivo también considera una fórmula para los afiliados a la modalidad de rentas vitalicias, que fueron agregados también en la reforma de los parlamentarios.

El proyecto ingresado hoy propone que "los pensionados de vejez e invalidez y sobrevivencia acogidos a la modalidad de Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida o Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, en estos dos últimos casos que se encuentren gozandode la renta vitalicia, tendrán derecho a un anticipo de cargo fiscal, por una sola vez, hasta por un monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga la compañía de seguros para cubrir el pago de la pensión del afiliado bajo las modalidades antes indicadas, con un tope máximo de 100 UF".

El plazo para solicitar este anticipo también será hasta el 31 de diciembre.

También deberá ser reintegrado, a partir de enero del 2023. "Se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorería, en cuotas mensuales, iguales y sucesivas equivalentes al 10% del monto de la pensión bajo modalidad de renta vitalicia que reciba el pensionado, sin multas ni intereses, hasta la devolución del monto total del anticipo".

La Moneda mantendrá el requerimiento ante el Tribunal Constitucional contra la reforma de los parlamentarios, que fue despachada la semana pasada con apabullantes mayorías, incluida una importante cantidad de votos del oficialismo tanto en el Senado y en la Cámara Baja.

PRESIDENTA DEL SENADO CUESTIONA EL FONDO Y UNA REFORMA "DE FACTO"

La presidenta del Senado, Yasna Provoste (DC), quien ha condicionado acceder al diálogo transversal convocado por Piñera si este primero desiste de ir al TC y promulga la reforma ya despachada del Congreso, cuestionó el fondo que dijo ver en la propuesta gubernamental.

A juicio de la senadora, el Mandatario "ha expresado su voluntad de entregar mayores recursos a las AFP, estabelciendo una reforma previsional de facto que brinda oxígeno a un sistema agotado y asimismo le coloca nuevos impuestos a las clases medias, especialmente a los pequeños y medianos empresarios".

Para el segundo retiro, en diciembre pasado, el Gobierno ya utilizó la estrategia de presentar su propio proyecto, que salió despachado y promulgado, y enviar al TC la iniciativa opositora, también una reforma transitoria, donde fue declarada inconstitucional.

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