Operación Renta: ¿Qué hacer si te rechazaron la declaración de impuestos?

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Autor: Cooperativa.cl

De acuerdo a AB Solutions, las mayores objeciones son por las declaraciones juradas de sueldos.

Este sábado se realizaron los pagos para quienes declararon hasta el 23 de abril.

Operación Renta: ¿Qué hacer si te rechazaron la declaración de impuestos?
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Revisa las recomendaciones ante eventuales objeciones del SII.

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Luego que este sábado recién pasado comenzara la devolución de impuestos de las declaraciones realizadas hasta el 23 de abril, la consultora AB Solutions entregó una serie de consejos para los casos en que la declaración sea rechazada por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Según la agencia, el primer paso es identificar la información objetada, si se trata de las declaraciones juradas o los datos entregados en el Formulario 22.

Además, se debe considerar que las declaraciones juradas son la fuente de información para alimentar el Formulario 22 de la declaración de renta, por ende lo informado en ellas es clave para entender el rechazo u objeción del SII.

Por otro lado, la consultora recomendó revisar si los créditos tributarios por pago de impuestos por la empresa fueron considerados en la declaración de renta del socio.

Asimismo, también llaman a fijarse en el ítem de activo fijo llamado activo inmovilizado del formulario 22, el cual es un dato importante ya que se considera que la empresa maneja un control de la depreciación de sus activos y esto afecta directamente a la utilidad o pérdida del ejercicio.

Según AB Solutions, las mayores objeciones son por las declaraciones juradas de sueldos que, para algunos casos incluyen el impuesto único (impuesto retenido al trabajador), y se encuentra mal declarada en el Formulario 29 (impuesto mensual) ocasionando diferencias. Similar situación con las declaraciones juradas de honorarios.

"En estos momentos es importante no perder el tiempo con detalles que podrían ser resueltos por un profesional de confianza. Por eso, siempre recomendamos consultar con un experto del área", sostuvo Wendy Gutiérrez, directora de AB Solutions.

En tanto, para quienes realizaron su declaración entre el 24 y 29 de abril, su devolución la recibirán el 17 de mayo y quienes declararon entre el 30 de abril y el de mayo, la transferencia está programada para el 24 de mayo. 

Mientras que las declaraciones solicitadas mediante cheque y pago por caja estarán disponibles desde el 30 de mayo.

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