Superintendencia instruye a las AFP para garantizar el tercer retiro del 10%

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Autor: Cooperativa.cl

El ente regulador detalló el procedimiento que las administradoras deberán hacer para entregar los fondos, incluyendo plazos de pago.

Las empresas deberán informar a sus afiliados el monto que podrán retirar y los efectos que tendrían en el monto de su pensión futura.

Superintendencia instruye a las AFP para garantizar el tercer retiro del 10%
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La Superintendencia de Pensiones emitió este miércoles un oficio con instrucciones con el procedimiento y los plazos que las AFP deberán respetar para garantizar la entrega del tercer 10 por ciento de los ahorros previsionales a sus afiliados, cuyo proceso de recepción de solicitudes arranca este lunes. 

El proyecto, despachado por el Congreso luego de recibir un amplio apoyo, incluyendo votos del oficialismo, fue promulgado ayer por el Presidente Sebastián Piñera, luego de que el Tribunal Constitucional no acogiera a trámite el requerimiento del Ejecutivo para frenar dicha iniciativa y el Mandatario definiera, finalmente, no vetar la norma.

En el oficio a las administradoras, el ente regulador determinó los plazos para la entrega de los recursos solicitados: en un máximo de 15 días hábiles y en una sola cuota desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP.

Cada pago tendrá un límite de 150 Unidades de Fomento (UF) y un mínimo de 35 UF o la totalidad del saldo si éste es menor a esta última cifra.

De acuerdo a la instrucción, desde las 09.00 horas del lunes 3 de mayo las administradoras deberán recepcionar las solicitudes que presenten los cotizantes y beneficiarios del sistema.

Los fondos retirados en este proceso no estarán sujeto a comisiones o descuento alguno por parte de las AFP y las instituciones financieras que efectúen el pago ni tampoco pagarán impuestos.

Según la estimación del organismo, un universo de aproximadamente 10 millones de afiliados podría hacer uso del tercer retiro, proceso que podría movilizar recursos por hasta 19.000 millones de dólares.

RECEPCIÓN Y RESPUESTAS

"Las administradoras deberán disponer de una plataforma o aplicación web especial para el tercer retiro, la que deberá ser distinta de las de los retiros 1 y 2 (...) Asimismo, la aplicación o plataforma web específica para el tercer retiro de fondos deberá contener el respectivo formulario de solicitud de los recursos, el que deberá contener información precisa del monto del retiro, el medio de pago de los recursos y si la o el solicitante es deudor de pensión de alimentos", detalló el regulador.

"Durante los primeros 10 días hábiles, el ingreso de solicitudes se realizará preferentemente a través de las plataformas web de cada administradora y sus servicios de call center para contribuir con las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad", indicó la superintendencia, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos ante la pandemia de coronavirus.

El formulario para el tercer retiro de fondos será independiente de los formularios de los dos giros anteriores: el sitio deberá, además, contener una declaración jurada en la cual el afiliado o beneficiario tendrá que señalar si se trata de una autoridad de Gobierno, del Congreso o de un asesor directo de alguno de ellos, en cuyo caso no podrán solicitar los fondos.

Las AFP tendrán un plazo máximo de cuatro días hábiles para validar la información entregada en la solicitud e informar la aceptación o rechazo de aquella. En caso de rechazo, deberá explicar las razones en detalle al afiliado o beneficiario para que las subsane y puede reingresarla.

AFP DEBEN INFORMAR A SUS AFILIADOS EL MONTO QUE PODRÁN RETIRAR (Y EL EFECTO EN SUS PENSIONES FUTURAS)

Se instruyó que las AFP informen a sus afiliados, entre este jueves y el lunes 3 de mayo, sobre el monto máximo que podrían retirar.

La autoridad también estableció que en la aplicación o plataforma web las administradoras deberán informar a sus afiliados una estimación del efecto que tendría el hacer uso del retiro de fondos en el saldo de su cuenta de ahorro previsional a la edad legal de pensión (60 años mujeres y 65 años hombres) y el efecto que tendría en el monto de su pensión futura.

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