Justicia aumentó condenas contra los militares que asesinaron a Víctor Jara

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Seis uniformados en retiro pasarán hasta 25 años en la cárcel por el homicidio y secuestro calificados del emblemático cantautor y del entonces director de Prisiones, Littré Quiroga.

Un séptimo oficial, Rolando Melo Silva, deberá purgar ocho años de presidio por haber encubierto estos crímenes.

Las nuevas penas "están en sintonía con las que se dictan en otras latitudes para crímenes de lesa humanidad", valoró el abogado de derechos humanos Nelson Caucoto.

Justicia aumentó condenas contra los militares que asesinaron a Víctor Jara
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La sentencia de segunda instancia detalla y repudia las atrocidades cometidas en el Estadio Chile contra Víctor Jara y el abogado Littré Quiroga entre el 12 y el 15 de septiembre de 1973.

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La Corte de Apelaciones de Santiago elevó las condenas en contra de siete miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado del emblemático cantautor Víctor Jara, asesinado el 15 de septiembre de 1973.

En su sentencia de segunda instancia, la Octava Sala del tribunal de alzada condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día, en calidad de autores de los homicidios de tanto Jara como del entonces director de prisiones Littré Quiroga, y a 10 años y un día de presidio por haber secuestrado a ambas víctimas.

Por su parte, el ex oficial Rolando Melo Silva deberá purgar cinco años y un día de presidio por determinarse que encubrió ambos homicidios, así como a tres años y un día de presidio por ser encubridor también de los secuestros.

Nelson Caucoto, abogado de derechos humanos y querellante en la causa, aseguró que "nos satisface plenamente que se dicte una sentencia con penas proporcionales a los delitos cometidos", calificándolas como "penas importantes que están en sintonía con las que se dictan en otras latitudes para crímenes de lesa humanidad".

"Este fallo es importante además porque se vence ya definitivamente la impunidad que amagó estos crímenes durante tantos años. Es una gran alegría para los familiares de Víctor y Litré, porque su larga lucha comienza a fructificar. Alegría que alcanza al pueblo de Chile, que no ha olvidado a sus hijos asesinados por la dictadura", remarcó.

A juicio del jurista, "Victor y Litré fueron chilenos en los que se simboliza la peor cara de la tortura. Fueron literalmente masacrados, y mantenidos como verdaderos trofeos de guerra al interior del Estadio Chile. Ambos fueron muy importantes en sus respectivos ámbitos políticos, laborales y sociales (...) El proceso judicial de ambos ha dado un nuevo paso para obtener una justicia ansiada y esperada por tantos años".

LA GRAVEDAD DE LAS VEJACIONES

De acuerdo al Poder Judicial, la Corte "elevó la sentencia a los condenados por el delito de secuestro simple al recalificar la conducta a secuestro calificado atendido la gravedad de los hechos que fueron víctimas y los malos tratos a los que fueron sometidos durante su prisión en el entonces Estadio Chile".

La resolución recuerda que "las víctimas fueron secuestradas sin que mediara orden alguna de autoridad competente; luego, fueron mantenidas en precarias condiciones y sometidas a interrogatorios ilegales y maltrato físico permanente entre el 12 y el 15 de septiembre de 1973".

"En el caso de Víctor Jara Martínez, se le refiere en ese mismo período como visiblemente deteriorado física y anímicamente, con su rostro hinchado con innumerables hematomas, manos ensangrentadas y deformadas, cuyos dedos evidentemente fueron quebrados o fracturados, puesto que se doblaban con facilidad", establece el escrito.

El cantautor y académico de la Universidad de Chile también "fue interrogado ilegalmente y seguidamente sometido a torturas que podían durar toda la noche, incluso se detalla que tenía su mano izquierda lesionada así como su ojo izquierdo, producto de golpes recibidos al regreso de esas declaraciones, vejaciones que llegaron a límites inconcebibles, como aconsejarle que 'cantara' alguna canción a un teniente de rasgos germánicos por deseos de sus captores, u ordenarle a apoyar las manos en un muro, las que golpeaban sus captores con las culatas de sus fusiles, siendo arrastrado por los mismos soldados hacia otro sector del Estadio Chile, estado que no impedía a que día a día se repitieran los malos tratos".

En el caso de Quiroga, además de ser interrogado en repetidas ocasiones, cada vez que salía se encontraba "en condiciones deplorables pues apenas podía sostenerse en pie, regresando con claras señales de haber padecido tratos ilegítimos, siendo que cuando caía de rodillas, era inmediatamente atacado por los soldados que lo golpeaban y obligaban a ponerse nuevamente en pie, resultando malherido y sin recibir atenciones médicas mínimas, lo que se reiteró durante su cautiverio, describiéndosele como convertido en un bulto, cojeando permanentemente y ensangrentado".

"ODIO VISCERAL" CONTRA LAS VÍCTIMAS

Por lo demás, reafirma que sus restos fueron arrojados en la vía pública y encontrados por pobladores en las inmediaciones del Cementerio Metropolitano el 16 de septiembre de 1973, antes de lograr ser identificados en el ex Instituto Médico Legal, "permitiendo a sus familiares más cercanos concurrir a dicha repartición y obtener la entrega de sus cadáveres, para su posterior inhumación".

"Demostrativo de la sinrazón y el odio visceral que despertaban los dos ofendidos de autos, no obstante desempeñarse con propiedad y de manera destacada (...) por el solo hecho de pensar distinto al adherir públicamente al gobierno civil democráticamente elegido y en ejercicio, y estimárseles opositores al régimen militar violento que se hacía del poder político, es que recibieron día a día el maltrato y vejaciones, sin pausa, pese al evidente deterioro espiritual y fragilidad física que presentaban, lo que no amedrentó a sus hechores de incentivar y continuar con este trato inhumano", lamenta la sentencia.

El tribunal recuerda que en el cuerpo de Jara "se contabilizaron un total de 44 orificios de entrada de bala, distribuidos a lo largo de todo el cuerpo, evidenciando herida de bala en la región parietal derecha, y de quien se concluye en base de las evidencias forenses, que la causa de muerte corresponde a 'heridas múltiples a bala'; y, en igual lugar, a Littré Quiroga, quien presentaba al menos 22 lesiones en sus osamentas que se identifican como lesiones por proyectil balístico, existiendo orificios de entrada y salida entre éstos".

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