Deberán indemnizar a paciente que quedó con incapacidad física y mental tras recibir fármaco erróneo

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Autor: Cooperativa.cl

El joven, de 19 años, fue atendido en el Hospital Las Higueras donde recibió una inyección de penicilina con benzatina, sin considerar que tenía epilepsia.

El Servicio de Salud de Talcahuano tendrá que pagar 40 millones de pesos a la madre del joven.

Deberán indemnizar a paciente que quedó con incapacidad física y mental tras recibir fármaco erróneo
 Morguefile (referencial)

El paciente sufría de epilepsia y Lupus-Like.

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La Corte Suprema determinó que el Servicio de Salud de Talcahuano tendrá que indemnizar con 40 millones de pesos a una mujer tras administrarle el fármaco equivocado a su hijo epiléptico quien quedó con incapacidad física y mental tras el incidente.

En fallo dividido, se estableció la falta de servicio del Hospital Las Higueras por no consultar la ficha médica del paciente antes de inyectarle el medicamento prohibido en caso de epilepsia por ser considerado "proconvulsionante".

El caso ocurrió en 2012, cuando la mujer llevó a su hijo -que tenía en ese entonces 19 años- a urgencias del hospital por un cuadro respiratorio. El joven, que tenía Epilepsia Criptogénica Refractaria y Lupus-Like -provocado por fármacos- fue revisado por cuatro doctores y se le diagnosticó una faringoamigdalitis infecciosa, por lo que se le inyectó penicilina con benzatina, fármaco prohibido en casos de epilepsia.

Tras esto, tuvo que ser trasladado a Santiago donde llegó en riesgo vital y donde fue inducido a un coma por 45 días.

La responsabilidad estaría en no haber leído el expediente médico del paciente.

"No sólo no examina la naturaleza de las epicrisis, sino que genéricamente desecha su contenido, sin analizarlo. Así, lo relevante es que de aquél instrumento se extrae, con certeza, que fue la inoculación de penicilina con benzatina la que causó la crisis convulsiva" y que determinó una posterior operación al cerebro, explica el fallo.

"Así, como se anunció, las especiales condiciones del paciente no fueron consideradas por el personal médico, puesto que la sola lógica indica que antes de prescribirla se debió consultar con la profesional a cargo del tratamiento del actor", agrega el fallo.

El Servicio de Salud de Talcahuano "a través de su red hospitalaria -Hospital Las Higueras de Talcahuano- no otorgó a su usuario, la atención de salud de manera eficiente y eficaz, incurriendo en omisiones inexcusables al indicar la inoculación de un fármaco pro convulsionante a un paciente con epilepsia refractaria y con antecedentes de alergia a otras sustancia", agrega.

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