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Mujer rehusó por años reparar filtración de agua: Deberá indemnizar por "daño moral" a vecina de abajo

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Autor: Cooperativa.cl

El caso llegó a la Justicia y, además de pagar 2,5 millones de pesos a la afectada, la demandada tendrá que arreglar las cañerías a su costo en un plazo de dos meses.

Mujer rehusó por años reparar filtración de agua: Deberá indemnizar por
 Unsplash.com (Referencial)
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El Trigésimo Juzgado Civil de Santiago hizo lugar a una demanda por daños y ordenó a la propietaria de un departamento de la Villa Esperanza de Maipú reparar de manera inmediata sus cañerías de agua para evitar que se siga deteriorando el inmueble de su vecina del piso inferior.

En la sentencia, la jueza Daniela Royer estableció la responsabilidad de la dueña del departamento ubicado en el segundo piso del edificio, por los daños provocados en el inmueble de la demandante, al negarse a reparar la filtración que comenzó en 2014.

"Que si bien la actora no ha basado su acción en una omisión dolosa, esta sentenciadora, conforme a la máxima iura novit curia ("el juez conoce el derecho"), no solo tiene la atribución, sino que el deber inherente de aplicar el Derecho de conformidad a los antecedentes de hecho que fundan la pretensión, de manera que el conflicto expuesto y descrito en la etapa de discusión del proceso, pueda ser subsumido a las normas que se ajustan a la realidad material, y en definitiva, encontrar resolución ajustada a las leyes", sostiene el fallo.

La resolución agrega que: "En este sentido, lo que relata la actora en su demanda, en relación a la conducta que la demandada ha mostrado frente al conflicto, lo cual es respaldado por la prueba rendida, se ajusta –más que a una acción negligente– a una omisión dolosa al negarse a reparar por sí misma, o permitir reparar a costa de la actora, la filtración de agua que se mantiene desde el año 2014, permaneciendo voluntariamente en esta situación de conflicto, por largo tiempo y sin razón que lo justifique".

"De esta forma, el primer elemento de la responsabilidad, esto es, la conducta ilícita ejecutada por la demandada, se encuentra acreditada", añade.

Para el tribunal la afectada "tiene pleno derecho a perseguir que la perturbación en el uso y goce de su inmueble se detenga, lo que en definitiva implica que la demandada deberá hacerse cargo de la filtración de agua generada por el uso que ella hace del departamento" del mismo edificio o "permitir el ingreso a su domicilio para ejecutar esta reparación, a su costa, pues es esta la única forma de hacer cesar la inmisión".

De esta forma, la demandada deberá reparar, a su costa, la filtración de agua dentro del plazo de dos meses.

En caso de no dar cumplimiento dentro del plazo establecido, la mujer deberá permitir la reparación, a su costa, para lo cual se facultará a la demandante a ingresar al inmueble junto con el personal necesario para ejecutar la obra, lo que se hará con el auxilio de la fuerza pública, en caso de ser requerido, dicta el fallo. 

Además, el tribunal ordenó a la demandada pagar la suma de 2,5 millones de pesos por concepto de daño moral, reajustada conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de la dictación de esta sentencia y su pago efectivo, y con intereses corrientes desde que el fallo quede ejecutoriado.

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