Tricel suspendió por 1 mes al alcalde de Huechuraba por "incumplimiento a los deberes"

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Autor: Cooperativa.cl

Carlos Cuadrado modificó un contrato "omitiendo la propuesta pública y el acuerdo del Concejo Municipal", dice la sentencia.

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El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) sancionó con 1 mes de suspensión del cargo y goce del 50% de su sueldo al alcalde de Huechuraba, Carlos Cuadrado Prats (PPD), por haber omitido la propuesta pública y la opinión de los concejales de la comuna respecto de un contrato que modificó.

"Esta magistratura concluye que, la circunstancia que la autoridad haya procedido sin la aprobación del Concejo Municipal denota, por parte del alcalde, una omisión que obstruye la legítima facultad del concejo para que se fiscalice y evalúe la gestión del edil, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo, lo que a juicio de este tribunal constituye un incumplimiento a los deberes propios de su cargo y lo hace acreedor a la correspondiente sanción", relata la resolución.

El concejal José Luis Ávila (DC), quien presentó el recurso, pidiendo la remoción de Cuadrado, aseguró que con el resultado "nos queda claro que los principios del alcalde no estaban firmes" y "el compromiso moral del alcalde no era con el pueblo de Huechuraba".

De acuerdo al fallo, Cuadrado realizó un "modificación al contrato celebrado con la Empresa Alto Jardín, para la tala y retiro de árboles, en la suma de $43.744.400, omitiendo la propuesta pública y el acuerdo del Concejo Municipal".

Con las pruebas aportadas, "se aprecia que los servicios descritos en la aludida modificación que motiva el requerimiento (...) correspondiente a la tala y retiro de árboles no se relaciona con las labores de mantención y equipamiento de áreas verdes que constituyen el objeto del contrato original".

"Este tribunal tiene la convicción que el hecho que la autoridad haya instruido un sumario administrativo (...) que concluyó, primeramente, en sancionar al director de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la municipalidad, con una multa de un 5% de su remuneración mensual -que tras una reposición fue rebajada a censura- y con una anotación de demérito, no obsta la responsabilidad administrativa del alcalde, a quien le corresponde por mandato legal la supervigilancia del municipio", agrega.

ALCALDE CUADRADO: SE ESTABLECE QUE NO EXISTIÓ MOTIVACIÓN PARA QUEBRANTAR LA LEY

El alcalde Carlos Cuadrado reaccionó al fallo y comprometió su trabajo para que "en el futuro situaciones como esta, única durante mi gestión, no vuelvan a repetirse".

Para el jefe comunal, la determinación del Tricel establece que no existió motivación para quebrantar la ley.

"Consideró el tribunal que no cumplí adecuadamente la labor fiscalizadora para evitar que esta situación aconteciera, pese a que en 2017 ordené la realización de un sumario administrativo que implicó, para el funcionario, una censura y anotación de demerito en su hoja de vida", dijo.

Para Cuadrado, "el dictamen, además, consigna con claridad que, por una equivocada interpretación del contrato, se incurrió en esta falta, estableciendo expresamente que nunca existió, de mi parte, motivación alguna para quebrantar la normativa legal".

"Es importante señalar también que todas las acusaciones injuriosas en mi contra referidas al Edificio Consistorial fueron total y absolutamente desestimadas por este tribunal y por el tribunal de primera instancia. Con tranquilidad, asumo la responsabilidad administrativa que se me asigna como jefe de servicio", reseñó.

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