Fiscalía pide anular juicio que absolvió a alcalde de Chillán Viejo por caso de fraude

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Autor: Cooperativa.cl

El fiscal Álvaro Serrano señala que el tribunal no actuó conforme a derecho, al autorizar la ausencia presencial por más de 10 días de Felipe Aylwin.

Además argumenta que no se condenó a todos los que tuvieron participación directa en la falsificación de instrumento público.

Fiscalía pide anular juicio que absolvió a alcalde de Chillán Viejo por caso de fraude
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Defensores coinciden en que tribunal hizo valer el derecho a un juicio rápido y justo, a partir de la garantía a la defensa técnica que estaba recibiendo el imputado.

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La Fiscalía presentó un recurso de nulidad del juicio realizado por el caso fraude en el municipio de Chillán Viejo y que terminó con siete funcionarios absueltos, incluido el alcalde Felipe Aylwin (PS).

El fiscal Álvaro Serrano precisó que "la acción legal se funda en tres causales de nulidad, siendo la primera la autorización por parte del tribunal de continuar el juicio sin la presencia del acusado Felipe Aylwin Lagos y entendemos que eso es suficiente, por sí mismo, para anular el juicio".

En el recurso, el persecutor plantea que más allá de comprender la situación de salud que aqueja al acusado tras haber sido trasplantado de un riñón, "el principio de legalidad exige resolver conforme a derecho, es decir, si la interrupción del juicio oral excede de 10 días, este hecho impide su continuación, debiéndose decretar la nulidad de todo lo obrado y ordenar su reinicio".

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Reacciones de defensores

El abogado Julio Díaz de Arcaya, defensor del alcalde, ha indicado en reiteradas ocasiones que la situación no amerita un vicio porque Felipe Aylwin nunca dejó de participar del juicio, ya que "estuvo un mes y medio en forma presencial y luego mediante contactos online usando tecnología digital".

El abogado Ricardo Robles, defensor del ex administrador Ulises Aedo, señaló que "el tribunal hizo valer el derecho a un juicio rápido y justo, a partir de la garantía a la defensa técnica que estaba recibiendo el imputado".

El fiscal Serrano acotó que la segunda causal de nulidad se basa en los fundamentos del fallo, porque "no se condena a todos los que tuvieron participación directa en la falsificación de instrumento público".

Finalmente, la tercera causal se refiere a una errónea aplicación del derecho "basado en que la sentencia cae en vicios bastante complejos y graves respecto a la calificación jurídica", expresó.

No admiten apelación por costas

En otro ámbito del juicio por el "Caso Fraude", el Tribunal Oral en Lo Penal de Chillán declaró inadmisible un recurso de apelación presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) respecto a la condena en costas.

El abogado Rodrigo Vera, defensor de la empresaria Silvana Ríos, señaló que "la ley expresamente prohíbe la apelación a la resolución de un tribunal de juicio oral, por lo que no procedía esta acción, demostrando una vez más el desconocimiento sobre los procedimientos por parte del equipo del Consejo de Defensa del Estado".

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