Gobierno informó calendario de restricción vehicular 2020

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Se restringirá dos dígitos diarios para los vehículos con convertidor catalítico inscritos antes de septiembre del 2011 y cuatro dígitos diarios para los que no tienen el dispositivo.

Gobierno informó calendario de restricción vehicular 2020
 ATON (referencial)
Llévatelo:

En el marco de las medidas contempladas en el Plan de Descontaminación Metropolitano, el Gobierno anunció este viernes el calendario de restricción vehicular en la capital, que busca reducir las emisiones contaminantes durante el invierno, junto a otras iniciativas impulsadas por los ministerios de Educación, Agricultura y Salud.

Este anuncio fue realizado por el seremi de Transportes Metropolitano, Eddy Roldán; la jefa del Programa de Fiscalización, Paula Flores; y el seremi de Medio Ambiente, Diego Riveaux.

La implementación restringirá dos dígitos diarios para los vehículos con convertidor catalítico y motocicletas inscritos antes del 1 de septiembre del 2011, los que no podrán circular al interior del anillo Américo Vespucio a partir del lunes 4 de mayo, entre las 07:30 y las 21:00 horas, según su último dígito de placa patente.

Este método se realizará de acuerdo al siguiente calendario: El lunes se verán afectados los vehículos con patentes terminadas en 6 y 7, el martes los terminados en 8 y 9, el miércoles las patentes finalizadas en 0 y 1, el jueves 2 y 3 y el viernes 4 y 5.

En el caso de los vehículos que no tienen convertidor catalítico, la restricción será de cuatro dígitos diarios: El lunes se verán afectados los vehículos con patentes terminadas en 2, 3, 4 y 5, el martes los terminados en 6, 7, 8 y 9, el miércoles las patentes finalizadas en 0, 1, 2 y 3, el jueves 4, 5, 6 y 7 y el viernes 8, 9, 0 y 1.

En caso de episodios críticos, como preemergencia o emergencia ambiental se sumarán otros dígitos, los que serán informados oportunamente.

"La implementación de esta medida busca proteger la calidad del aire, principalmente pensando en nuestros niños, adultos mayores y personas con mayor vulnerabilidad, lo que cobra más sentido este año, dada la pandemia que estamos viviendo", señaló el seremi Roldán.

Considerando los problemas por el Covid-19 que afecta al país, en esta oportunidad, se dispuso una excepción para los vehículos de uso particular del personal de la salud que se desempeñe en establecimientos públicos o privados, y que cuenten con servicios de urgencia.

La medida involucra diariamente a 220 mil autos inscritos antes de septiembre de 2011, equivalente al 10 por ciento del parque automotriz de la Región Metropolitana. El cumplimiento de la medida será fiscalizado por Carabineros y fiscalizadores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de forma presencial y a través de las 459 Cámaras que se encuentran distribuidas en 20 ejes de la región.

Excepciones generales

Para esta norma quedan liberados de restricción los vehículos policiales, de emergencia, furgones escolares, ambulancias, vehículos a gas, eléctricos o híbridos, de recolección de basura, taxis, vehículos diplomáticos, coches mortuorios y otros.

En el caso de los automóviles para personas con discapacidad, deberán acreditarse mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND), o con la certificación de su médico tratante.

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