El mecanismo que usan los canales y rostros de TV para eludir impuestos
El SII se encuentra en una ofensiva desde marzo para detectar las fórmulas usadas en el medio.
Dirección del Trabajo informó que rostros que reciben sueldos altos no tienen contratos y sus pagos llegan por empresas personales.
Entre los involucrados estarían presentadores de noticias, conductores de programas y protagonistas de teleseries.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) se encuentra en una ofensiva desde marzo pasado para detectar las fórmulas que se utilizan en la industria de la televisión nacional para eludir y evadir impuestos.
Según un reportaje realizado por Ciper Chile, uno de los mecanismos que enfrenta el servicio, y que fue detectado en 2010 por la Dirección del Trabajo, se refiere a que los canales de televisión abierta exigen a sus empleados que ganan los sueldos más altos constituir empresas para recibir sus remuneraciones y no hacerlos firmar un contrato.
Entre los involucrados estarían presentadores de noticias, conductores de programas y protagonistas de teleseries, quienes pueden percibir mensualmente alrededor de 15 millones mensuales.
Según una fiscalización hecha por la Dirección del Trabajo en 2010, en TVN, Canal 13 y Chilevisión, todos los rostros y varios de los empleados prestaban sus servicios como si fueran empresas.
"La consecuencia laboral de esa 'simulación' era que el conductor de noticias debía pagar de su bolsillo las prestaciones sociales (AFP, Isapre), financiar sus vacaciones y no tenía derecho a ningún tipo de bono de producción o a repartición de utilidades, o una indemnización si el canal decidía prescindir de sus servicios", explicó Ciper.
Además, "esos gastos, que pueden parecer irrelevantes cuando se ganan 15.000.000 pesos, se vuelven desproporcionados si el 'empleado-empresa' recibe una remuneración en torno al millón de pesos".
Por si fuera poco, el "empleado-empresa" de ese nivel de ingresos "tiende a quedarse sin prestaciones sociales y estar permanentemente en la incertidumbre sobre su futuro laboral".
"Los canales imponen esta forma de contratarnos"
La presidenta de la Corporación Chile Actores, Esperanza Silva, indicó a Ciper que el sistema es perjudicial para la mayoría de los actores y afirmó que "hoy todos son obligados por los canales de televisión a adoptar dicha figura contractual".
"Los canales imponen esta forma de contratarnos por medio de empresas simuladas; si no aceptamos, nos quedamos sin trabajo", aseveró Silva.
En un correo electrónico al que tuvo acceso Ciper, enviado por Patricio López, productor ejecutivo del Área Dramática de TVN, a un asociado de Chile Actores, muestra que se le "ofrece 1.000.000 pesos + IVA mensual para trabajar en la teleserie del segundo semestre y se le dice que debe constituir una EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) para que se le hagan los pagos".
En el caso de Chilevisión, Ciper indicó que la Dirección detectó dos tipos de casos. Primero referido al ex programa juvenil "Yingo", donde boleteaban durante meses personajes como Karol Lucero Venegas, Faloon Larraguibel López y Yamna Lobos; pero que rostros de los estelares y programas periodísticos se vinculaban con el canal como empresas productoras.
La versión de los canales
Consultado por Ciper sobre este tipo de relaciones laborales, el ex ministro de Hacienda Nicolás Eyzaguirre, actual presidente de su directorio de Canal 13, afirmó que "cuando un rostro tiene contrato como sociedad, se debe principalmente a que éste tiene contrato con varios empleadores: con una multitienda, una radio".
Añadió que "nos ofrece sus servicios, pero además debe contratar a otros profesionales, desde un contador, productor o secretaria. Quiero dejar en claro que como canal no forzamos a nadie a realizar contratos como sociedad".
Por su parte, en Chilevisión -a través de su área de relaciones públicas-, explicaron que "esto funciona así porque la relación entre los artistas y el canal es de prestación de servicios, sin subordinación y dependencia. El artista presta sus servicios de manera más bien libre según su experiencia y conocimientos, sin un formato estricto de órdenes o instrucciones".
"Se trata de servicios esporádicos que no están sujetos a una jornada laboral ni a una obligación de asistencia que es propia de los trabajadores del canal, salvo cuando son citados a grabar", agregaron a Ciper.
Mientras que el gerente de Asuntos Legales de TVN, Hernán Triviño, respondió a Ciper ejemplificando que "en relación a lo ocurrido con el actor José Soza -quien ganó un juicio laboral contra la señal-, no existía un contrato con una sociedad, sino que se trataba de un contrato a honorarios, igual a los que el mismo actor tuvo luego con otros canales".
"Respecto de Alvaro Espinoza -quien también tuvo un juicio contra el canal-, el actor demandó tutela laboral, arguyendo que se le habían conculcado sus derechos como trabajador. En primera instancia no se le concedió, pero se condenó al canal al pago de las cotizaciones previsionales. TVN recurrió de nulidad ante la Corte Suprema y aún se está a la espera de ese fallo", afirmó Triviño.
La Dirección del Trabajo también fiscalizó en 2010 a los canales Mega y La Red, donde no se detectaron los citados "contratos civiles".
Revise el reportaje completo en Ciper Chile.