Las precauciones para comprar exitosamente "en verde"
La adquisición por adelantado de una casa o departamento puede ser una beneficiosa inversión si se realiza correctamente, por las ofertas de los constructores.
La compra "en verde", es decir la adquisición de una vivienda en construcción o que se proyecta construir, es en la mayoría de los casos una transacción beneficiosa tanto para compradores como para vendedores.
A través de esta vía, las empresas inmobiliarias consiguen obtener nuevos recursos, que usualmente corresponden entre el 15 y 20 por ciento del valor de la propiedad y el futuro dueño tiene la oportunidad de obtener un descuento de entre cinco y 10 por ciento del precio de la vivienda.
Además de los descuentos en el valor final de la vivienda, este tipo de operación también permite al comprador elegir una vivienda mejor ubicada, con un mayor metraje e incluso la posibilidad de redistribuir el espacio interior.
Planteada así, la compra "en verde" pareciera ser una operación que sólo tiene beneficios, pero es necesario conocer bien de qué se trata para determinar si es la mejor opción para su situación actual.
Las precauciones
La compra "en verde" está regulada por las últimas modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que incorporaron la obligatoriedad de incorporar una póliza de seguro o una boleta bancaria a la transacción para garantizar la recuperación del dinero cancelado a la inmobiliaria.
Esta garantía posee vigencia hasta que se terminen las obligaciones pendientes del vendedor y la propiedad quede inscrita a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces.
Además de la póliza de seguros, al comprar "en verde" debe firmarse ante notario la promesa de compraventa que señale específicamente el plazo de celebración del contrato prometido.
En este sentido, la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile Conadecus advierte que es importante leer cuidadosamente el documento, ya que en este tipo de contratos es habitual encontrarse con cláusulas que indican, que el contrato de compraventa definitivo se firmará -por ejemplo- dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que la inmobiliaria comunique al comprador la autorización de venta de parte de la municipalidad, lo que puede suceder en un tiempo indefinido y deja al consumidor indefenso.
También es importante que el contrato incluya los casos en que habrá indemnización por incumplimiento y se establezcan claramente las sanciones para el comprador, pero también para el vendedor, en caso de que la inmobiliaria no cumpla con lo acordado, por otra parte, si en el contrato de compraventa no esté explicitado el plazo para inscribir el título de dominio en el Conservador de Bienes Raíces, la ley establece que este será de un año a partir de la fecha en que se firmó la promesa.
Además, es importante que el consumidor verifique la autenticidad de los documentos que ha firmado, es decir, que hayan sido firmados por quien corresponde y estén ratificados en una notaría, idealmente elegida por el comprador.
Los riesgos
En caso de que la inmobiliaria quiebre o no cumpla con la entrega de la vivienda, el comprador puede cobrar la póliza del seguro o la boleta bancaria contratadas por el vendedor, recuperando así los dineros entregados, además de entablar las acciones que se hayan especificado en el contrato de compraventa.
Algo similar sucede en caso de que el comprador desista de la transacción, pues deberá atenerse a las sanciones especificadas en el contrato y cumplir con ellas.
Finalmente, en caso de realizar una transacción de este tipo que incluya una inversión importante lo mejor es recurrir a una asesoría jurídica, para no comprometer ese patrimonio y firmar un contrato que sea beneficioso para ambas partes. (Cooperativa.cl)