Tribunal ordenó a Ghana liberar la fragata argentina Libertad
La decisión del ente jurídico internacional es inapelable.
El país africano había retenido la nave por el recurso presentado por un fondo de inversión.
El Tribunal Internacional sobre el Derecho del Mar ordenó a Ghana liberar la fragata argentina Libertad, dos meses y medio después de que fuera retenida en un puerto del país africano con toda su tripulación.
Así lo anunció a EFE Antja Alsen, portavoz del tribunal internacional que tiene su sede en el puerto alemán de Hamburgo, tras la lectura de la sentencia por el presidente de la cámara, el japonés Shunji Yanai.
La fragata Libertad, buque escuela de la Armada argentina, se encuentra retenida en Ghana desde el pasado 2 de octubre por orden de un juez de Accra que atendió una demanda de embargo contra el Estado argentino de los fondos de inversión NML Capital, que Argentina califica de "fondos buitre".
La de este sábado es una decisión inapelable, explicó Antja Alsen, en tanto que se trata de la máxima instancia internacional en materia de Derecho del Mar y no prevé en sus procedimientos la fórmula de la revisión del caso.
El caso de la fragata es el número 20 en la historia de esa Corte internacional, instituida en 1994 como estamento competente de la ONU en materia del Derecho del Mar.
El tribunal asumió el caso de la fragata argentina tras la presentación por parte de Argentina de una demanda, a mediados de noviembre, apremiando a la liberación del buque de su marina.
El "Libertad" quedó retenido en el puerto de Tema un día después de atracar en ese país africano por orden de un juez de la capital de Ghana, Accra.
Ambas partes, la ghanesa y la argentina, expusieron sus argumentos ante el tribunal en dos sesiones públicas celebradas a finales de noviembre, sin que hubiera un acercamiento de sus posturas.
Argentina insistió en su exigencia de liberación inmediata, cuestión que Ghana rechazó y exigió, además, que el país sudafricano corra con los gastos del proceso.
El Gobierno argentino sostuvo que una nave militar, como es el buque escuela de su Armada, no es embargable de acuerdo con el artículo 290, párrafo 5, de la Convención de la ONU del Derecho del Mar.