Colegio de Abogados validó acusación de conflicto de interés contra ministro Campos

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Autor: Cooperativa.cl

El estudio del ministro de Justicia -Zúñiga, Matus & Campos- asesoró a la empresa Morpho, cuestionada por los errores en el padrón electoral.

El secretario de Estado se defendió señalando que él solo compartía una "comunidad de techo" con el profesional que llevó a cabo el trabajo.

 Agencia UNO

"La 'comunidad de techo' constituye indudablemente una forma asociativa suficiente para extender la inhabilidad de un abogado a los demás profesionales del estudio", dijo el gremio.

A través de una declaración publicada en su página web, el Colegio de Abogados de Chile validó la acusación de conflicto de interés que lanzó la semana pasada el diputado RN Nicolás Monckeberg en contra del nuevo ministro de Justicia, Jaime Campos.

El parlamentario denunció que Campos es, desde 1994, socio del estudio de abogados Zúñiga, Matus & Campos, que asesoró a la empresa francesa Morpho, que provee la plataforma electrónica al sistema de identificación al Registro Civil -dependiente de la cartera de Justicia-, la misma que hoy es sindicada como la responsable de los bullados errores en el padrón electoral.

"No tengo ninguna sociedad profesional con él (Francisco Zúñiga). Lo que sí tengo, o la relación que con él tengo, es lo que se denomina una 'comunidad de techo', en la que, junto con otros colegas, somos los dueños del inmueble donde está la oficina profesional de él y el despacho profesional mío, pero cada cual atiende sus propios clientes", se defendió el ministro el pasado viernes.

En la referida declaración el Colegio de Abogados señala que "el Código de Ética Profesional de la Orden contempla reglas específicas que regulan los conflictos de funciones e intereses (...), reglas que obligan no sólo a sus afiliados, sino a todos quienes ejercen esta profesión, según ha sido declarado reiteradamente por nuestra Excma. Corte Suprema".

Dentro de las mencionadas reglas se incluye que "el abogado que se incorpore a un organismo público no podrá intervenir en ningún asunto en el cual haya asesorado o representado intereses de clientes", y que "cuando varios abogados integran un mismo estudio profesional, cualquiera sea la forma asociativa utilizada, las reglas que inhabilitan a uno de ellos para actuar en un asunto por razones de conflicto de funciones o de intereses también inhabilitarán a los restantes".

Sobre la "comunidad de techo"

"De esta manera, la extensión de las inhabilidades derivadas de conflictos de funciones e intereses reguladas por el Código de Ética (...) no requiere la existencia de una sociedad profesional entre ellos. La 'comunidad de techo' constituye indudablemente una forma asociativa suficiente para extender la inhabilidad de un abogado a los demás profesionales del estudio cuando esa vinculación profesional supone compartir gastos, utilizar un nombre común, publicitar al estudio profesional como una entidad a través de su página web y copatrocinar, aunque sea ocasionalmente, la defensa jurídica de ciertos clientes", señala la nota.

El gremio finaliza llamando "a todos los abogados a conocer y dar estricto cumplimiento a las reglas contenidas en el Código de Ética Profesional que regula el ejercicio de la profesión".