Corte argentina ordenó indemnizar a familiares de víctimas del atentado AMIA

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Autor: Cooperativa.cl

Consideraron que el Estado no cumplió con sus funciones de prevención e investigación.

85 personas fallecieron en el atentado.

Corte argentina ordenó indemnizar a familiares de víctimas del atentado AMIA
 Archivo EFE

La Corte desestimó la prescripción del hecho.

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La Corte Suprema argentina validó este martes la demanda de los familiares de una víctima del atentado contra la mutual judía AMIA en 1994, ordenando al Estado que los indemnice por considerar que incumplió funciones de prevención e investigación y no actuó con el "principio de la buena fe".

En el fallo, la Corte ratificó la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que admitió la demanda de daños y perjuicios contra el Estado argentino iniciada por los familiares de una de las víctimas del atentado a la AMIA, que dejó 85 muertos y más de 300 heridos.

Según el fallo, la beneficiaria del proceso de indemnización es Ruth Myriam Faifman de Tenenbaum, esposa de Naúm Javier Tenenbabaum, quien falleció en el ataque.

La Corte desestimó el recurso presentado por el Estado que defendía que el delito del que se le acusaba estaba prescrito.

El máximo tribunal argentino hizo referencia al decreto publicado en 2005 en el que el Ejecutivo argentino, entonces encabezado por el ex presidente Néstor Kirchner, reconoció su responsabilidad por el incumplimiento de sus funciones de prevención e investigación del atentado y su encubrimiento.

La Corte también destacó que el Estado se comprometió a promover la sanción de una ley de reparación para todos los damnificados, lo que supuso reconocer ante la Comisión que violó de forma "incondicionada y absoluta" sus derechos y los de sus familiares, y generó "la obligación a indemnizar", independiente de las acciones judiciales.

La actitud de la Administración resultó "incompatible" con el "principio de la buena fe", indica el fallo, ya que, casi 10 años después de haber asumido el compromiso ante organismos internacionales, la ley no fue dictada, las víctimas no consiguieron reparación y cuando demandan judicialmente para lograrla, se oponen a ellas "con el argumento de que el plazo de prescripción está cumplido".

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