La Corte Suprema no resolvió este viernes si se aplica o no la Ley de Amnistía

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Autor: Cooperativa.cl

Por conflicto jurídico entre las partes, el máximo tribunal dejó pendiente su decisión sobre la vigencia jurídica del decreto ley que la libera de responsabilidades a violadores de derechos humanos.

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El pleno de la Corte Suprema dejó este viernes pendiente su decisión sobre los recursos de casación en los que el general en retiro Manuel Contreras Sepúlveda y el coronel (r) Marcelo Moren Brito, piden al máximo tribunal que aplique la Ley de Amnistía a las condenas a 15 años y un día de cárcel que recibieron por el secuestro calificado de Miguel Angel Sandoval Rodríguez, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

 

La medida fue adoptada para revisar un "incidente previo pendiente" entre las partes querellantes y defensoras.

 

Esto porque mientras la defensa de la plana mayor de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) desea que la decisión sea tomada por el pleno, los querellantes, en particular el abogado Nelson Caucoto, aspiran a que los antecedentes sean vistos por la sala penal del máximo tribunal.

 

La petición sólo obedece a la necesidad de cumplir con el trámite judicial correspondiente, ya que la parte querellante no ve problemas en que el recurso de casación sea visto por la máxima instancia de la Corte Suprema.

 

La discusión jurídica concentró los alegatos la mañana de este viernes, mientras que la situación de fondo, si se aplicará la norma dictada por la dictadura, quizá sea vista el viernes 4 de junio.

 

Más conocido como Ley de Amnistía, el Decreto Ley 2.191 libera de responsabilidad penal y sin investigación previa a los responsables de violaciones a los derechos humanos entre el 11 de septiembre de 1973 y 10 de marzo de 1978.

 

Según las defensas de los ex oficiales, en la jurisprudencia chilena existen fallos contradictorios respecto del decreto de 1978, pues algunos jueces en vez de aplicar la legislación, establecieron la figura del secuestro permanente, que es un delito imprescriptible.

 

En su decisión de este viernes, el pleno de la Suprema, que no contó con la presencia de su presidente, Marcos Libedinsky y otros cinco miembros, debía establecer una postura única de la judicatura frente a los casos de violaciones a los derechos humanos que hayan ocurrido entre el Golpe de Estado y el 10 de marzo de 1978.

 

Además de Libedinsky, no estuvieron en el pleno Eliodoro Ortiz, Enrique Tapia, Ricardo Gálvez, Domingo Yurak y Humberto Espejo.

 

Además de Contreras y Moren Brito, en abril de 2003 el juez Alejandro Solís condenó por el secuestro calificado de Miguel Angel Sandoval a:

 

Miguel Krasnoff, brigadier retirado, a 10 años y un día.

Fernando Laureani, suboficial (r), a cinco años y un día.

Gerardo Godoy, suboficial en retiro, a cinco años y un día.

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