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Minuta del Gobierno deja abierta la puerta para adopción homoparental

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Autor: Cooperativa.cl

En el documento se elimina el orden de prelación vigente desde 1999.

Según el Ejecutivo, siempre se debe resguardar "el interés superior del niño, niña o adolescente".

Minuta del Gobierno deja abierta la puerta para adopción homoparental
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Actualmente, la ley vigente desde 1999 determina que se prioriza para la adopción de niños a los matrimonios residentes en Chile.

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Antes de que el Gobierno envíe la indicación sustitutiva a la Ley de Adopciones, que se había comprometido para antes de la cuenta pública, el Ministerio de Justicia difundió una minuta entre algunos parlamentarios de Chile Vamos en la que se elimina el orden de prelación, con lo que se dejaría abierta la puerta para la adopción homoparental.

Según el documento, citado este miércoles por La Tercera, se modifican las causales de adoptabilidad "para evitar discriminaciones arbitrarias y velar por el interés superior del niño", con lo que se descarta la inhabilitación física o moral para ejercer el cuidado personal y "estigmatizadores" como los de no proporcionar atención económica.

El matutino también detalla que, respecto de la adopción, se establece un plazo de tres meses para iniciar el procedimiento desde la declaración de adoptabilidad, los que serán prorrogables por otros tres meses por resolución judicial.

De acuerdo con el rotativo, la minuta también confirma que se elimina el orden de prelación y se exigen algunos requisitos, los que deben ser evaluados por el juez que definirá la adopción.

En el texto elaborado por el Ejecutivo se precisa que "tratándose de dos solicitantes vinculados entre sí, se debe considerar especialmente la estabilidad y antigüedad de su relación" y que, sin excluir explícitamente a las familias homoparentales, debe haber "la existencia de un ambiente familiar donde se pueda ejercer adecuadamente el rol de padre y madre, resguardando siempre el interés superior del niño, niña o adolescente".

Actualmente, la ley vigente desde 1999 determina que se prioriza para la adopción de niños a los matrimonios residentes en Chile, luego a los que viven en el extranjero, quedando más atrás los solteros, viudos y divorciados con residencia en Chile.

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