Dos carabineros fueron condenados por apremios ilegítimos contra un niño de 13 años en La Serena

Publicado:
| Periodista Digital: Kike Mursell S.

Tras la golpiza al menor falsificaron información para confeccionar parte policial.

Los hechos se registraron en el contexto del estallido social.

Dos carabineros fueron condenados por apremios ilegítimos contra un niño de 13 años en La Serena
 Poder Judicial

Sentencia se conocerá el cuatro de septiembre próximo.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a los carabineros Franco García Castillo y Juan Avaria Olguín en calidad de autores de los delitos consumados de apremios ilegítimos contra un menor de 13 años y falsificación de instrumento público.

Hechos ocurridos a las 21:00 horas del 22 de noviembre de 2019, en la esquina de las avenidas Balmaceda y Francisco de Aguirre, en el marco de las manifestaciones del estallido social.

Ahí García y Avaria junto a otros tres funcionarios no identificados, detuvieron al menor y lo agredieron con golpes de luma en el rostro y cuerpo.

Luego lo llevaron a la Primera Comisaría, donde redactaron un parte policial indicando que el niño fue herido por otros manifestantes. Información comunicada al Juzgado de Familia de La Serena.

El fiscal Claudio Correa destacó que el menor de edad pudo testificar en el juicio y sostener sus dichos: "Lo importante fue que después de varios años de haber ocurrido los hechos se sostuvo este testimonio y aquello también fue por la contribución y la participación que tuvo la Fiscalía en darle crédito".

La madre del afectado, a quien el tribunal mantuvo su protección y reserva de identidad, agradeció que hubiera gente que creyó el relato de su hijo: "Siempre dijo la verdad, desde el primer día hasta cuando declaró la semana pasada siempre dijo lo mismo. Nunca mintió nada y lo mejor de todo es que le creyeron, que los que estaban acá creyeron en él. Como lo creí yo, como creyó su familia en él".

El juez redactor, Juan Carlos Espinosa, al leer el veredicto explicó que la prueba rendida fue suficiente para establecer los hechos imputados a ambos carabineros: "Los mismos no colmaban el tipo penal de la figura de la tortura, pero sí lo hacía respecto del tipo penal de los apremios ilegítimos por lo que se los condenó a dicho título y además se tuvo por suficientemente establecido que los encartados habían dado información falsa para confeccionar el parte policial".

Tarcila Piña, jefa regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos Coquimbo, destacó la importancia del fallo para el organismo: "A pesar del tiempo transcurrido podamos tener la oportunidad de que no sólo una víctima, sino que además su familia pueda cerrar un ciclo y obtener la tan ansiada verdad y justicia".

La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para las 14:00 horas del lunes 4 de septiembre.

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