Suprema ordenó al Gobierno retrotraer declaración de Zona Típica en Castro

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal determinó que el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio actuó en forma ilegal al no realizar consulta indígena previa.

Desestimó sus argumentos sobre la existencia de "otras instancias de participación" y "no afectación directa" a pueblos originarios.

Suprema ordenó al Gobierno retrotraer declaración de Zona Típica en Castro
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La Declaración de Monumento Nacional, en Categoría Zona Típica o Pintoresca, entró en vigor en junio de 2022, con el objetivo de "preservar los conos visuales y vistas hacia el Templo San Francisco de Castro", reconocido como Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.

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La Corte Suprema ordenó al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio "retrotraer el procedimiento de Declaración de Monumento Nacional, en la Categoría Zona Típica o Pintoresca", respecto del casco histórico de la ciudad de Castro, capital de la Provincia de Chiloé.

La Tercera Sala del máximo tribunal acogió un recurso de protección interpuesto por organizaciones sociales debido a la no realización de Consulta Indígena en el proceso, y estimó que esta falta configura un "actuar ilegal de la cartera", que lesiona la garantía de igualdad ante la ley.

La Suprema indicó que la realización de la Consulta Indígena no puede "soslayarse bajo el fundamento de existir otras instancias de participación",  y "tampoco resulta atendible la alegación de no existir susceptibilidad de afectación directa", dada la presencia efectiva de comunidades indígenas radicadas en las zonas rurales de Castro, que "ejercen sus actividades de subsistencia en el área urbana de la ciudad y reclaman ser oídos".

"La obligatoriedad del proceso de Consulta Indígena exige únicamente una afectación potencial, con independencia de la magnitud de la eventual afectación", enfatizó el máximo tribunal.

En resumen, "la omisión de la autoridad administrativa del caso, al no evaluar la procedencia de la Consulta Indígena, previa y oportuna para la Declaración de Monumento Nacional, en la Categoría Zona Típica o Pintoresca el Casco Histórico de la ciudad de Castro, ha incumplido la obligación a que se sometió el Estado de Chile al ratificar el Convenio N° 169" de la OIT.

Así, la Suprema revocó una resolución de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt de 2 de diciembre de 2022 y ordenó al Gobierno "retrotraer el procedimiento de Declaración de Monumento Nacional (...) a fin de evaluar con los antecedentes pertinentes y por las vías establecidas en el Reglamento de Consulta Indígena, la procedencia de iniciar un proceso de Consulta Indígena con las personas y comunidades indígenas que se encuentren en el área de influencia de la declaratoria perseguida". 

La declaratoria en cuestión se publicó en el Diario Oficial el 14 de junio de 2022 y motivó recursos de protección del Sindicato de Artesanos Ancestrales de Castro, la Comunidad Indígena Muchulla Mapu, la Sociedad Comercial Boberck Limitada, Inversiones Innovación Limitada, la Inmobiliaria Power Center Limitada, la Municipalidad de Castro y 158 vecinos de la comuna. 

Su objetivo primordial fue "preservar los conos visuales y vistas hacia el Monumento Histórico Templo San Francisco de Castro", que fue construida entre 1910 y 1912 y está reconocida por la Unesco como Patrimonio de la Humanidad, pero los recurrentes alegan, entre otros aspectos, que coarta la posibilidad de efectuar mejoras en las propiedades del sector, en un polígono de 32 hectáreas.

"Esto se hizo de espalda a la ciudadanía", ha dicho la Junta de Vecinos de la Zona Céntrica de Castro.

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