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"El consumo nocivo daña tu salud": Las advertencias que deberán llevar las bebidas alcohólicas

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Autor: Cooperativa.cl

Fue publicado el reglamento de la nueva ley de alcoholes, que norma los etiquetados que tendrán que estar siempre visibles en los envases, así como su publicidad.

También prohíbe la presencia de "nombres, logotipos o imágenes de marcas de bebidas alcohólicas" en indumentarias deportivas.

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Casi dos años después de la entrada en vigor de la nueva ley de alcoholes, el Gobierno dio a conocer el reglamento que norma las advertencias y etiquetados que deberán llevar estas bebidas, así como su publicidad, que quedará prohibida en medios destinados a menores de edad y en actividades e indumentarias deportivas.

La normativa, publicada el pasado viernes 7 de julio en el Diario Oficial (revisa el documento), "regula distintos elementos respecto a las bebidas alcohólicas, por un lado la información que está en el etiquetado, y también restricciones y prohibiciones en su publicidad", explicó la subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli.

"Esto porque el consumo de alcohol tiene impactos negativos en la salud de las personas, y también económicos: le cuesta 1,4 billones de pesos al sector salud, en costos directos e indirectos", sostuvo, relevando que por lo mismo "es importante regular el consumo de alcohol, y una de las medidas costo-efectivas es regular la publicidad y entregar información a las personas, como lo hizo la ley de etiquetado nutricional de los alimentos".

De acuerdo con el reglamento, toda bebida alcohólica, entendida como toda aquella con graduación alcohólica igual o mayor a 0,5°, deberá llevar en el envase que la contenga "una advertencia clara, precisa, visible y fácilmente legible sobre las consecuencias de su consumo nocivo", al igual que en las cajas o embalajes de carácter promocional destinadas al consumidor.

Tendrán que mostrar, impresa o adherida, una etiqueta de color blanco y negro con tres advertencias, enfocadas en automovilistas, mujeres embarados y menores de edad, y la leyenda: "El consumo nocivo de alcohol daña tu salud".

La etiqueta no podrá abarcar menos del 15% de la superficie de la cara o etiqueta posterior del respectivo envase, caja o embalaje; y, con todo, no podrá tener una dimensión inferior a 6,2 centímetros de ancho y 3,5 centímetros de alto, y "deberá estar siempre a la vista en todos los puntos de venta".

En tanto, "en toda acción gráfica o publicitaria que sea difundida a través de medios de comunicación escrita o carteles o avisos publicitarios de todo tipo, sean ellos físicos o virtuales, incluyendo los dispuestos en los puntos de venta", deberá incorporarse un recuadro que contenga la palabra "ADVERTENCIA", e incorporar una de las siguientes frases:

  • i) Todo consumo de alcohol es dañino durante el embarazo.
  • ii) Todo consumo de alcohol limita la capacidad de conducir.
  • iii) El consumo de alcohol en menores de 18 años se encuentra prohibido.
  • iv) El consumo nocivo de alcohol daña tu salud.

Los anuncios en medios audiovisuales y radiales deberán proyectar un recuadro y reproducir, respectivamente, la misma frase, durante un lapso no inferior a 3 segundos.

En una disposición similar a la ley de etiquetado de alimentos, en las bebidas alcohólicas se tendrá que informar "el valor energético o energía expresado en calorías, cuya unidad de medida deberá ser expresada en kilocalorías".

Todas estas medidas entrarán en vigencia un año después de publicado el reglamento.

"ALCOHOL ES DAÑINO DESDE PEQUEÑAS CANTIDADES"

El doctor Francisco Ibarra, jefe de Medicina Preventiva de la Clínica Alemana, expuso que "el alcohol no necesitas beberlo constantemente para que haga daño".

"Desde pequeñas cantidades es dañino, es capaz de generar un estado de inflamación, que finalmente altera el metabolismo, eleva la glucosa, los triglicéridos, el ácido úrico, y de esa manera aumenta el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares, particularmente infartos al corazón y al cerebro", detalló.

"Por otro lado -advirtió también-, la misma alteración del metabolismo del azúcar hace que el hígado se vaya poniendo graso y se inflame, y puede terminar en una cirrosis hepática y una necesidad de trasplante. Altera el sueño, y de esa manera también aumenta el riesgo de enfermedades neurodegenerativas y enfermedades cardiovasculares, y es que el alcoholes altamente cancerígeno".

PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD EN ACTIVIDADES E INDUMENTARIAS DEPORTIVAS

El reglamento establece, además, la prohibición "de cualquier forma de publicidad, comercial o no comercial, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas por cualquier medio que se realice, tales como envases de productos, medios informáticos y no informáticos, o cualquier actividad o publicación, destinada exclusivamente a menores de edad".

"En todo caso, no podrá inducirse a menores de edad el consumo de bebidas alcohólicas, ni valerse de medios que se aprovechen de su credulidad", complementa.

En cuanto a los horarios, la publicidad en televisión sólo podrá realizarse entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana; en medios radiales no podrán emitirse anuncios de bebidas alcohólicas entre las 4 y las 6 de la tarde.

También se prohíbe "cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, tales como la promoción, comunicación, recomendación o propaganda de dichas bebidas, sus marcas y productos", con la excepción de "los mega eventos deportivos realizados en Chile que correspondan a competiciones deportivas internacionales de carácter mundial, del continente americano o de la región sudamericana".

En la misma línea, "los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, tales como camisetas y uniformes o afiches y aquellos objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas, no podrán contener nombres, logotipos o imágenes de marcas de bebidas alcohólicas, incluido todo signo o alusión a sus marcas o productos", de acuerdo con la norma.

Toda la industria involucrada tiene un plazo de 36 meses -tres años- para adaptarse a estas reglas.

Cualquier incumplimiento a las normas del reglamento arriesgará sanciones de hasta 200 unidades tributarias mensuales, es decir, alrededor de 12,6 millones de pesos según el valor actual.

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