LAN afirmó que sobreventa de pasajes afectó sólo a un 1 por ciento tras oficio de Sernac

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Autor: Cooperativa.cl

Compañía aérea respondió por colapso en el aeropuerto de Santiago en Fiestas Patrias.

Servicio del Consumidor detalló las obligaciones de las líneas aéreas en estos casos.

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LAN aseguró que sólo el 1 por ciento de 70.000 pasajeros que viajaron el fin de semana de Fiestas Patrias se vio afectado por la sobreventa de pasajes, ello luego que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) enviara un oficio debido a las quejas que recibieron.

ImagenEl director comercial de LAN en Chile, Gonzalo Undurraga, reconoció que "la experiencia del fin de semana del 18 no nos satisface en lo absoluto".

"Esto se dio en un contexto bien particular, en el que nosotros acabábamos de hacer un cambio en nuestro sistema, de inventario, de reserva y de check in y no estamos contentos con la experiencia que vivió el pasajero. Pero debemos ser honestos también en que fue una situación bien particular", enfatizó.

Undurraga detalló que "en tres días salieron alrededor de 70.000 pasajeros y afectamos al 1 por ciento de ellos. No nos gustó, pero a ese 1 por ciento por supuesto que le administraremos compensaciones proporcionales", según publicó La Tercera.

Oficio del Sernac

Previamente Sernac había solicitado a la aerolínea información sobre los problemas ocurridos a raíz de la sobreventa de pasajes y solicitó que informara cuántos no habían embarcado y cómo les prestó asistencia.

Sernac explicó que la Ley del Consumidor "no contempla la sobreventa de pasajes aéreos como una infracción", pero que de todas formas verificarán que se hayan "respetado los derechos de asistencia del viajero que establece la ley especial que regula este mercado".

El organismo detalló que en caso de que un pasajero no pueda embarcar, "las aerolíneas están obligadas al reembolso de lo pagado o a embarcar al pasajero en el primer vuelo disponible que él acepte".

"Si el consumidor acepta tomar otro vuelo, además la aerolínea está obligada a entregar, como mínimo y sin cargo alguno, las siguientes prestaciones:

  • Las llamadas telefónicas que el consumidor necesite realizar.
  • Comidas necesarias hasta que se embarque en el siguiente vuelo.
  • Alojamiento cuando el tiempo de espera para embarcar así lo requiera.
  • Movilización desde y hacia el aeropuerto.

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