Diputados buscan prohibir que se fume en espacios públicos abiertos

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Autor: Cooperativa.cl

La iniciativa se plantea como complemento a la ley Antitabaco.

Texto apunta a evitar el daño que provoca "el humo de segunda mano".

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Un proyecto que introduce modificaciones a ley Antibaco presentaron diputados de varios partidos, con el objetivo de que se prohíba fumar en espacios públicos abiertos.

El doctor y militante PPD Enrique Accorsi dijo que el "humo de segunda mano", es decir el que emiten los fumadores, es más tóxico que el aspirado: "Y a ese humo están expuestos todos las personas que se encuentran en los espacios públicos abiertos y sólo se puede controlar con la restricción de fumar".

El texto legal argumenta que el artículo 19 de la Constitución garantiza a los ciudadanos el derecho a la vida y a la integridad física.

El proyecto fue presentado por la denominada "bancada médica", que integran Accorsi, Juan Lobos (UDI), Karla Rubilar (RN), Víctor Torres (DC), Carlos Abel Jarpa, Fernando Meza y Alberto Robles (PRSD); Marco Antonio Núñez (PPD) y Manuel Monsalve y Juan Luis Castro (PS).

La sicóloga Loreto Arriagada valoró la propuesta, porque incentiva a que "menos personas empiecen a fumar además de proteger el ambiente libre de humo" agregando que "mientras menos cómodo sea el hábito de fumar hay mayores incentivos a buscar ayuda para dejarlo".

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La actual ley incluye mensajes contra el tabaco en las cajetillas.

El ministro de Salud, Jaime Mañalich, afirmó que "estimamos que los esfuerzos son insuficientes en el sentido que a pesar de este tremendo avance legislativo, las tasas de tabaquismo en Chile no se han reducido en los últimos cuatro años".

Mañalich anunció también que en octubre se emitirá un reglamento que prohibirá la venta de chicles de nicotina y cigarrillos electrónicos en forma libre por los excesivos niveles de nicotina que poseen, y sólo podrán comprarlos quienes están con tratamiento médico.

La actual ley Antitabaco

Actualmente, la ley Antitabaco prohíbe fumar en recintos como colegios; lugares en que se venda combustible; donde se manejen o fabriquen materiales explosivos; medios de transporte público o colectivo y ascensores.

Se permite fumar, pero sólo en sus patios abiertos o espacios al aire libre, en recintos o dependencias de los órganos del Estado, establecimientos de educación superior, públicos y privados; establecimientos de salud, públicos y privados; aeropuertos y terrapuertos; y otros.

Además, los restoranes, bares, pubs, discotecas, cabaret, casinos de juego, todo lo que se le parezca y que tenga más de 100 metros cuadrados tienen que habilitar un área hermética y con ventilación como sector para fumadores.

En tanto, los locales que cuenten con menos de 100 metros cuadrados, tiene que optar entre ser para fumadores o no fumadores. Los que se prefieran esta primera opción, no pueden admitir a menores de 18 años.

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