TC acogió recurso de subsecretario Ubilla para no revelar correos electrónicos

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Autor: Cooperativa.cl

Dos fallos previos lo obligaban dar a conocer e-mails con la gobernadora de Melipilla.

Resolución es precedente respecto a si los correos de las autoridades son de carácter público.

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El Tribunal Constitucional informó que acogió el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, el cual buscaba evitar la publicación de algunos de sus correos electrónicos.

ImagenCon esto se zanja una controversia que surgió por un dictamen del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le obligaba a revelar el contenido de una serie de correos intercambiados con la gobernadora de Melipilla, Paula Gárate.

En 2011, el alcalde de esa comuna, Mario Gebauer (PPD), solicitó a través de la ley de Transparencia acceder a la información referida a la devolución de dineros de la reconstrucción de la ciudad, luego del terremoto del 27 de febrero de 2010, contenida en los correos electrónicos enviados por Ubilla.

Luego de un dictamen favorable del CPLT respecto de ese requerimiento y que la Corte de Apelaciones rechazara el reclamo de ilegalidad deducido por el subsecretario, éste recurrió al TC para impugnar por inconstitucionalidad estos fallos, apelando el inciso 2° del artículo 5° de la ley de Transparencia.

Este apartado norma el acceso a la información pública, en específico "toda otra información que obre en poder de los Organos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen , clasificación o procesamiento".

La votaciónPor acoger el requerimiento del subsecretario Ubilla votaron los ministros señores Raúl Bertelsen Repetto, Marcelo Venegas Palacios, Hernán Vodanovic Schnake, señora Marisol Peña Torres y señores Enrique Navarro Beltrán, Carlos Carmona Santander e Iván Aróstica Maldonado.

Por rechazar el requerimiento votaron los Ministros señores Francisco Fernández Fredes, José Antonio Viera-Gallo Quesney y Gonzalo García Pino.

La resolución puede ser considerada como un precedente respecto de si los correos electrónicos de las autoridades son de carácter público.

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