Penalista afirmó que derogar la ley de Amnistía es más factible que su anulación
El abogado y académico Miguel Soto Piñeiro indicó que el proyecto sobre la matería, que "duerme" en el Congreso, es la "vía más compleja" para terminar con el decreto promulgado en la dictadura.
Tras la reafirmación del compromiso de la Concertación para dejar sin efecto el decreto-ley de Amnistía de 1978, cuyo proyecto de nulidad se encuentra estancado en el Congreso, el profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile Miguel Soto Piñeiro indicó que la vía elegida por parlamentarios es la "más compleja", en comparación con el camino de la derogación.
Desde abril pasado existe un proyecto que declara el decreto promulgado en 1978 como nulo por su inconstitucionalidad, pero éste no ha registrado mayores avances.
El texto fue presentado los senadores Mariano Ruiz-Esquide, de la Democracia Cristiana (DC); Alejandro Navarro, del Partido Socialista (PS); y Guido Guirardi, del Partido por la Democracia (PPD).
"No creo que la vía de la derogación está clausurada y me parece más clara que la de la nulidad", sentenció el abogado.
En conversación con El Diario de Cooperativa, el jurista aseveró que "la declaración de nulidad no la debe dar el Parlamento, sino el tribunal Constitucional. No creo que el Parlamento tenga las facultades para declarar la nulidad".
Derogación versus nulidad
Soto Piñeiro se explayó latamente sobre las ventajas y desventajas de un proyecto de derogación frente a uno de nulidad, aunque cualquiera de los dos casos -explicó- "es un proceso largo".
"A nivel de Código Penal, hay una norma que señala que la ley posterior, que deroga una ley más favorable, no puede evitar que la ley más favorable se siga aplicando en situaciones anteriores", precisó sobre el denominado beneficio "pro reo".
Esto, agregó, volvería ineficaz la medida frente en los procesos judiciales actuales, en lo que se seguiría aplicando la ley de Amnistía.
Para el penalista, "esa disposición del Código Penal no se refleja en la Constitución (...) sin embargo, el grueso de los autores en Derecho Penal de nuestro país entienden que la norma constitucional tiene el mismo alcance que la norma del Código Penal".
"Se ha sugerido -continuó el profesor- que siguiendo el ejemplo argentino, que en lugar de derogarla se la declare nula".
"La nulidad tendría la ventaja de entender que nunca fue una norma válida y por ende no se podría aplicar a hechos anteriores a la declaración de nulidad", agregó.
El jurista consideró que esta opción "es mas o menos similar" a lo que sucedía con los matrimonios hasta antes de la promulgación de la ley de divorcio, tras lo cual reiteró que el Parlamento no dispone de las facultades para su aprobación.
En cuanto a un eventual proyecto de derogación, Soto Piñeiro estimó que este se tardaría "un par de años", aunque dependería del grado de urgencia que pusiera el Ejecutivo, que además podría vetar la iniciativa. (Cooperativa.cl)