Informarse sobre el costo final es fundamental al pedir avances en efectivo

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Autor: Cooperativa.cl

Los avances de las multitiendas pueden ser la salida para un momento difícil, pero antes de hacer uso de ellos, es importante que los consumidores se informen sobre el interés que pagarán.

Los requisitos para solicitar la tarjeta de una casa comercial son menores que los que pide un banco para abrir una cuenta y por lo mismo, para las personas es más fácil acceder a los beneficios que este "dinero plástico" ofrece, como por ejemplo los avances en efectivo.

 

Este beneficio que puede verse como una salida muy útil en momentos de necesidad, es a veces menos conveniente que solicitar un crédito de consumo bancario y la persona puede enfrentarse a cuotas difíciles de pagar al no haber considerado previamente el interés que las multitiendas cobran por estas transacciones.

 

Banco versus multitienda

 

Si se solicita un crédito de consumo en un banco y un avance en efectivo por el mismo monto en una casa comercial, este último será finalmente más caro, ya que cada oferente de crédito determina libremente la tasa de interés que aplicará considerando las características del producto y los riesgos que implica el segmento de mercado al que está orientado.

 

Entonces, como las multitiendas corren un mayor riesgo al prestar, el interés de los avances también aumenta, incluso si se compara con entidades bancarias de la misma cadena de tiendas.

 

La regulación

 

Aunque estas entidades puedan fijar el monto de sus intereses libremente, tienen que informar sobre sus operaciones de crédito a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

 

Pero, al no ser las casas comerciales instituciones bancarias, las facultades de la Superintendencia son menores que las que posee con respecto a las entidades financieras.

 

Sin embargo, estar fuera del ámbito de la fiscalización bancaria, no deja a este tipo de operaciones fuera de la normativa, ya que deben regirse por la Ley N°18.010 de Operaciones de Crédito de Dinero.

 

Esta señala que las operaciones de dinero, independiente del tipo de oferente de crédito que se trate, están afectas a los límites del interés máximo convencional y dentro de ellos es que las entidades pueden determinar la tasa aplicable a la transacción de acuerdo al producto en particular y los riesgos del mercado.

 

Finalmente, tal como queda en manos de cada entidad definir el interés que cobrará dentro de ese contexto, es responsabilidad del consumidor informarse sobre la tasa de interés que una determinada tienda le cobrará por el avance y, averiguar en otras casas comerciales, para poder elegir así la cuota que le será más conveniente. (Cooperativa.cl)