Informarse sobre uso de sus datos personales es fundamental para evitar fraudes

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Autor: Cooperativa.cl

El proyecto presentado en la Cámara Baja para asegurar la protección de datos personales indica que estos sólo pueden ser usados para fines concretos y con el consentimiento de la persona a quien pertenecen.

Preocuparse por consultar sobre las instituciones a las que se le entregan datos personales, así como el uso que se le dará a estos y los derechos que tiene la persona frente a una infracción al acuerdo es fundamental para evitar la mala utilización de información privada.

 

La publicación de un link en el foro de un blog de tecnología de datos privados de seis millones de chilenos, instó a un grupo de parlamentarios a presentar un proyecto sobre el tema para modificar la constitución para ampliar el resguardo de la información privada de las personas considerando los alcances de la tecnología actual.

 

El documento explica que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos y que estos, deben ser utilizados con fines específicos informados a su dueño y que éste tendrá derecho a acceder a esos datos para modificarlos o cancelarlos.

 

Pero hasta que esa modificación se vuelva realidad, es importante mantener la información personal protegida mediante el conocimiento de los derechos y deberes que posee quien entrega sus datos a una entidad.

 

El manejo de datos

 

Cuando una institución recopila los datos de una persona, esta tiene que estar consultar sobre los fines con que estos se utilizarán, comprenderlos y puede exigir que sólo se usen en los casos concretos que se hayan especificado.

 

Además, es necesario averiguar en qué situaciones esa información podría hacerse pública. La empresa que cuente con estos datos podrá hacer uso de ellos cuando consten en cheques, letras y pagarés protestados o cuando se incumplan obligaciones de créditos y préstamos bancarios, con sociedades financieras, sociedades que administran créditos de casas comerciales, organismos públicos y empresas pertenecientes al Estado.

 

De acuerdo a la ley 19.628 las entidades que en caso de deudas no pueden publicar los datos de las personas son aquellas que proveen servicios básicos -agua, luz y gas- y teléfono.

 

En caso de que el deudor cancele la cuenta a raíz de la que se revelaron sus datos personales, la empresa debe retirar su información relacionada con las obligaciones económicas que la persona antes tenía pendientes. (Cooperativa.cl)