Revise el detalle de las sentencias del juez Madrid en el caso Berríos

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Autor: Cooperativa.cl

Magistrado dictó condenas de hasta 10 años contra implicados en su secuestro y homicidios.

También estableció una serie de compensaciones económicas para los querellantes.

Este viernes se dieron a conocer las resoluciones del juez de la Corte de Apelaciones Alejandro Madrid en la investigación del secuestro y la muerte del ex químico de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Eugenio Berríos Sagredo, sindicado como responsable de la elaboración del gas sarín durante la dictadura de Augusto Pinochet, y quien apareció muerto en una playa de Uruguay en el año 1995, tras ser asesinado, presuntamente, por orden del ex dictador.

El detalle de las condenas es el siguiente:

  • Arturo Silva Valdés: Diez años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro con homicidio y tres años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
  • Hernán Ramírez Rurange: Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de los delitos de secuestro, tres años y un día por  asociación ilícita, y absuelto de obstrucción a la justicia. Sin beneficios.
  • Eugenio Covarrubias Valenzuela: Tres años y un día como autor de secuestro, y 541 días por asociación ilícita. Absuelto de su participación como encubridor de secuestro con homicidio y obstrucción a la Justicia. Se concedió beneficio de libertad vigilada.
  • Jaime Torres Gacitúa: Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y tres años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
  • Manuel Provis Carrasco: Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y tres años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
  • Pablo Rodríguez Márquez: Tres años y un día como autor de secuestro, y 60 días por asociación ilícita. Absuelto de obstrucción a la justicia Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
  • Raúl Lillo Gutiérrez: Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro, 100 días por  asociación ilícita. Absuelto del cargo de obstrucción a la Justicia obstrucción a la justicia.  Sin beneficios.
  • Manuel Pérez Santillán: Tres años y un día por su responsabilidad como cómplice de secuestro. Absuelto del cargo asociación ilícita. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
  • Tomás Casella Santos: Militar uruguayo. Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y tres años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
  • Eduardo Radaelli Copolla: Militar uruguayo. Cinco años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro, y 61 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
  • Wellington Sarli Pose: Militar uruguayo. Tres años y un día  por su responsabilidad como autor de secuestro y 60 días  asociación ilícita. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
  • Marcelo Sandoval Durán: Tres años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro,  60 días por  asociación ilícita. Absuelto por  infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
  • Nelson Román Vargas: Tres años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro, 60 días asociación ilícita. Absuelto del cargo infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
  • Fernando Torres Silva: Tres años y un día por su responsabilidad como autor de asociación ilícita. Sin beneficios

Absueltos

En tanto, fueron absueltas de todo cargo las siguientes personas.

  • Enrique Ibarra Chamorro: Absuelto por su responsabilidad como autor de asociación ilícita.
  • Mario Cisternas Orellana: Absuelto por su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
  • Nelson Hernández Franco: Absuelto por  su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
  • Erika Silva Morales: Absuelta por  su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
  • Emilio Rojas Gómez: Absuelto por su responsabilidad como autor de obstrucción a la Justicia.

Compensaciones económicas

Madrid determinó también una serie de compensaciones económicas: cada uno de los condenados debe pagar 10 millones a la querellante Fabiola Letelier del Solar, y el Fisco pagará 100 millones de pesos a título de indemnización por daño moral.

A la querellante Gladys Schmeisser (viuda de Berríos) se le deben cancelar 100 millones de pesos de manera solidaria y 200 millones por parte del Fisco, mientras que al querellante Gonzalo Berríos Sagredo el Fisco debe pagar 20 millones de pesos.

Conclusiones

De acuerdo a la sentencia de Madrid, las acciones ilícitas "fueron realizadas durante los años 1991 a 1993 (...) durante un período de plena vigencia del orden constitucional, por personal militar en servicio activo de los Ejércitos de Chile y  Uruguay".

Estos funcionarios, "apartándose de las funciones propias de sus cargos", formaron "una organización paralela a la estructura regular" y establecer "una línea de mando jerárquica paralela a la que detentaban dentro de la orgánica de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE)", y proporcionaron "recursos económicos a los miembros del grupo para la realización de las misiones ilícitas" que les fueron encomendadas.

También establecieron "vínculos con militares extranjeros a los que invitan a participar en esta organización delictual, quienes en algunos casos actúan directamente, y, en otros colaboran en la perpetración de delitos".