UE aprobó que parejas puedan elegir una ley de divorcio
Medida es válida para matrimonios con cónyuges de distinta nacionalidad.
Será aplicada en 14 de los 27 países miembros.
La Unión Europea (UE) aprobó que las parejas formadas por dos cónyuges de distintas nacionalidades puedan elegir la ley que debe regir en su separación o divorcio, lo que será válido en 14 de los 27 países miembros, y será aplicable sólo ocasionalmente en casos de matrimonios formados por personas del mismo sexo.
Ante una eventual separación o divorcio, los cónyuges podrán elegir entre la legislación vigente en el país donde se casaron, el país donde residen, el país de alguno de los dos, o bien el país en el que se ha interpuesto la demanda de divorcio.
Para los casos en que no se logre un acuerdo entre ambos, la UE estableció una serie de principios que entran en juego y entre los que predomina el lugar de residencia de los cónyuges en el momento de poner la demanda de divorcio.
Una "gran noticia"
La medida, aprobada en el marco del consejo de Justicia de la UE, ha sido calificada de "gran noticia" por el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno, representante español en la reunión.
Campo sostuvo que con esta decisión "se reforzará el marco legal en los casos de extinciones de matrimonios entre personas de distintas nacionalidades comunitarias".
La medida afecta a:
- España
- Francia
- Bulgaria
- Italia
- Hungría
- Luxemburgo
- Austria
- Rumania
- Eslovenia
- Alemania
- Bélgica
- Letonia
- Malta
- Portugal
El caso de que los cónyuges sean del mismo sexo, el nuevo régimen solo será efectivo cuando ambos provengan de países en los que se reconoce el matrimonio homosexual.
"Si una legislación no contempla los matrimonios del mismo sexo, no se les aplicará", manifestó Campo.
Tras el acuerdo entre los ministros de justicia reunidos en el Consejo, corresponde al Parlamento emitir su dictamen sobre esta norma antes de que pueda entrar en vigor, pues se trata de un asunto a decidir por codecisión según lo establecido en el Tratado de Lisboa.
Su entrada en vigor no se dará hasta 18 meses después de su adopción definitiva de Consejo y Parlamento europeos.