Justicia ratificó fallo contra universidad por publicidad engañosa
La Ucinf deberá cancelar millonaria suma a 10 alumnos de la carrera de perito forense.
Fallo determinó que el establecimiento publicitó una carrera que no tenía campo laboral.
La Corte Suprema ratificó este martes que la Universidad de Ciencias de la Informática (Ucinf) deberá cancelar una multa de 1.889.000 de pesos (50 UTM) y una indemnización por daño moral de cuatro millones de pesos a cada uno de los 10 estudiantes de la carrera de perito forense que demandaron al plantel de educación superior por publicidad engañosa.
En un fallo dividido, los ministro de la Segunda Sala Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez y Hugo Dolmestch, y los abogados integrantes Luis Bates y Domingo Hernández, rechazaron el recurso de queja presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel que, en primera instancia, condenó al plantel por infracción a la Ley de Consumidor.
La Corte determinó que los ministros del tribunal de San Miguel no cometieron falta o abuso al dictar sentencia y que no es incompetente para analizar la causa, como señaló la defensa de la institución, y que por ello se mantiene el dictamen que la condenó por publicidad engañosa.
En segunda instancia, los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel Roberto Contreras, María Stella Elgarrista y María Teresa Letelier, determinaron que la Ucinf infringió la Ley del Consumidor al publicitar maliciosamente una carrera que no tenía campo laboral.
En esa ocasión, el fallo de la Corte señaló que la "infracción que se concreta en el hecho de la reiterada actividad publicitaria de la querellada que promovió una carrera no apta para el sector público o privado en Chile".