Minsal hizo oficial entrega de "píldora del día después" a menores de 14 años

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Autor: Cooperativa.cl

Diario Oficial publicó este jueves el decreto que oficializa el reglamento y lo hace obligatorio.

Entrará en vigencia el próximo 28 de mayo.

 Archivo UPI

El funcionario de salud deberá, antes que nada, entregar la pastilla si es requerida por un menor.

Este jueves, el Diario Oficial publicó el decreto que oficializa el reglamento que regula la forma de entrega de los anticonceptivos regulares y de emergencia en el país.

La medida, que entrará en vigencia el próximo 28 de mayo, permitirá que a partir de esa fecha no serán admisibles las objeciones de conciencia ni la aplicación discrecional de la normativa en los servicios de salud públicos.

Además, la ley dispondrá que la denominada "píldora del día después" puede suministrarse a los menores de 14 años que la soliciten.

En el estatuto que aparece en el Diario Oficial, se especifica que cuando un menor de 14 años requiera en un centro asistencial la mencionada píldora, el funcionario de salud deberá, antes que nada, entregársela y, posteriormente, deberá ponerse en un contacto con uno de los padres o apoderados para informarles.

El reglamento dispone también que "toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad (...) sobre los métodos y terapias escogidos para la regulación y/o planificación de su vida sexual".