Cómo funciona el feriado irrenunciable en Año Nuevo

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Autor: Cooperativa.cl

Director del Trabajo detalló la norma que impide que los trabajadores del comercio laboren este feriado.

"Estas normas se aplican a todos los establecimientos de comercio", dijo Christian Melis en El Diario de Cooperativa.

 UNO

El comercio tendrá que permanecer cerrado el 1 de enero.

El director del Trabajo, Christian Melis, detalló los principales aspectos de los feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio durante el 1 de enero.

El cierre de los locales comerciales, con venta directa al público y que tengan "tiendas de conveniencia" adosadas a servicentros que solo vendan productos y mercaderías, deben estar fuera de los recintos laborales antes de las 20:00 horas.

Melis recordó que a esa hora "ya no pueden haber trabajadores laborando en ningún establecimiento comercial. Se supone que en la práctica probablemente cierren antes para poder sacar a todo el público y que los trabajadores estén afuera a las 20 horas".

Esta prohibición de laborar no es para el comercio en si, sino que para los dependientes de establecimientos, por lo que si un dueño atiende su propio local, puede abrirlo en estos días.

"Si un local comercial es atendido por su propio dueño o con familiares, ellos podrían abrir, la prohibición no es para el comercio sino que para el trabajo de dependientes en esos establecimientos", manifestó Melis.

Según la normativa, quedan excluidos de esta prohibición de funcionar en los feriados irrenunciables los trabajadores que laboran en clubes o restoranes, locales de entretención -cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego-.

También, los que trabajan en expendio de combustibles, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria. Asimismo, los que laboran en las "tiendas de conveniencia" que elaboren alimentos consumidos allí mismo.