TC declaró inconstitucional prohibición de controladores con fines de lucro en universidades

Publicado:
- Periodista Radio: Maritza Tapia
- Periodista Digital:
Albert Mechsner

La decisión fue tomada por seis votos contra cuatro.

Se rechazó el contenido del artículo 63 de la ley de educación superior.

El Tribunal Constitucional declaró -por 6 votos contra 4- como inconstitucional el artículo 63 de la Ley de Educación Superior, que prohíbe la presencia de controladores con fines de lucro en instituciones de educación superior.

A través de un comunicado, el TC indicó que "ha terminado el examen preventivo de constitucionalidad del proyecto de ley sobre educación superior, concluyendo declarar, por mayoría de votos, la conformidad a la Constitución de la generalidad de sus disposiciones, en especial lo relativo al régimen de gratuidad de la educación superior y su financiamiento".

"Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, por mayoría de votos se acordó declarar la inconstitucionalidad del artículo 63 del proyecto, y del artículo 18 transitorio en relación al mismo, referidos al estatuto jurídico de los controladores de universidades", añadieron.

Durante la mañana de este martes, diversos grupos de estudiantes llegaron hasta las dependencias del TC para manifestar su rechazo a la posibilidad de esta decisión.

Cabe recordar que este artículo planteaba que no deben existir controladores con fin de lucro que pudieran sacar las ganancias de las universidades, uno de los puntos principales de las demandas estudiantiles.

Previo a esta decisión, el ministro Gerardo Varela planteó que "nos parece que el artículo 63 no es vital en el proyecto, sino que en el contrario el lucro con esta ley tiene su funeral, han cremado el féretro, han tirado sus cenizas al mar y me parece ya una etapa superada".

"El artículo 63 es marginal, todo el resto sigue igual, no es la columna vertebral", añadió.