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Corte de Coyhaique mantuvo prisión preventiva de imputado por femicidio ocurrido en 2012

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada estimó que hay antecedentes fundados de la participación de Jaime Álvarez en el asesinato de Carmen Montiel.

Calificó al acusado como un peligro para la seguridad de la sociedad.

El crimen de Carmen Montiel es un caso emblemático en la Región de Aysén.

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó un recurso de presentado por la defensa de Jaime Álvarez Chávez y mantuvo su medida cautelar de prisión preventiva.

El sujeto es acusado por la Fiscalía de ser autor del delito de femicidio de Carmen Montiel Rehbein, ocurrido en julio de 2012 en la comuna de Puerto Aysén.

En fallo dividido, el tribunal de alzada confirmó la resolución apelada, que fue dictada por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén el pasado 3 de julio, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

El cadáver de Montiel, de 46 años, fue hallado en 2012 con varias heridas cortantes en distintas partes del cuerpo, una de ellas de carácter letal a la altura del cuello, pero la detención de Álvarez ocurrió recién a inicios de este mes, tras seis años.

El Ministerio Público acusa que alrededor de la medianoche del 2 de julio de 2012, el sujeto llegó al domicilio de su cónyuge donde la atacó "con un elemento cortopunzante, propinándole diversas heridas y lesiones que le provocaron la muerte por anemia aguda, en particular por gran herida penetrante cervical complicada".

Según los antecedentes planteados, el sujeto se fugó tras sustraer un teléfono celular de propiedad de la víctima, elemento cuya ausencia marcó las dudas que por estos seis años han mantenido en vilo a la familia y cercanos a la víctima.

La Corte de Apelaciones consideró que "la medida cautelar de prisión preventiva (...) aparece proporcionada en relación al ilícito por el que se ha formalizado al imputado Jaime Armando Álvarez Chávez".

Lo anterior, "considerando, especialmente, la naturaleza y carácter del delito, la forma de comisión, y habiéndose, además, reunido antecedentes que acreditan, hasta ahora, la existencia de dicho ilícito y la participación del mencionado imputado en él".

Por los motivos antes expuestos, se entiende que su libertad "resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad.

Voto disidente

La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Pedro Castro, quien estuvo por revocar la medida cautelar, "en atención que no se reúnen los presupuesto legales para acreditar en este estadio procesal la participación del imputado".