Gobierno reiteró llamado a respetar feriado irrenunciable de Fiestas Patrias

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Autor: Cooperativa.cl

Las empresas arriesgan multas que van desde los 5 hasta las 20 UTM (239.600 a 958.400 pesos).

Más de 700 mil chilenos tendrán que trabajar pese al feriado.

 UNO

El feriado se iniciará a las 21:00 horas de este lunes.

El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, realizó un llamado a las empresas a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable del comercio durante este 18 y 19 de septiembre.

El feriado se iniciará a las 21:00 horas de este lunes 17 y terminará a las 06:00 horas del jueves 20 de septiembre para todos quienes trabajen en el comercio.

Se exceptúan del feriado las personas que trabajen en clubes y restaurantes, establecimientos de entretenimiento, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos, expendio de combustibles, farmacias de urgencia y tiendas de convivencias adosadas a servicentros que vendan alimentos preparados en el mismo lugar.

"Quisimos comenzar estas vísperas de Fiestas Patrias dándole las gracias a los más de 700 mil chilenos que a pesar de ser feriado tendrán que trabajar estos días. Si millones de chilenos podremos descansar, es porque un grupo importante estará trabajando en labores sociales", destacó la autoridad.

"La multa la vamos a aplicar cada vez que sea necesaria, porque vamos a respetar los derechos de los trabajadores, pero el llamado que hacemos a las empresas, más que por el temor a la multa, por respeto a la dignidad del trabajador, cumpla la norma y le garantice el debido descanso este 18 y 19", sostuvo.

Cabe recordar que solamente los locales que sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos podrán abrir durante estas Fiestas Patrias, y quienes sean sorprendidos incumpliendo con el feriado recibirán multas que van desde los 5 hasta las 20 UTM (239.600 a 958.400 pesos).

Además, cabe destacar que los trabajadores que ya cumplieron labores en Fiestas Patrias del año pasado no podrán trabajar durante este año, arriesgando una multa extra sus empleadores.

El detalle de las multas

  • Trabajo en el comercio el 18 y 19 de septiembre (multas de 5, 10 y 20 UTM por cada trabajador en infracción)

5 UTM (239.600) si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores.
10 UTM (479.200) si la empresa tiene entre 50 y 199 trabajadores.
20 UTM (958.400) si la empresa tiene 200 y más trabajadores.

  • Trabajo en el comercio después de las 21 horas del 17 de septiembre (multas de 10, 40 y 60 UTM)

10 UTM (479.200) si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores.
40 UTM (1.916.800) si la empresa tiene entre 50 y 199 trabajadores.
60 UTM (2.875.200) si la empresa tiene 200 y más trabajadores.

  • No otorgar el descanso alternado año por medio a los trabajadores exceptuados del feriado (multas de 5, 10 y 20 UTM por cada trabajador en infracción).

5 UTM (239.600) si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores.
10 UTM (479.200) si la empresa tiene entre 50 y 199 trabajadores.
20 UTM (958.400) si la empresa tiene 200 y más trabajadores.