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Temuco: Corte ordenó a servicio de salud de la Araucanía a indemnizar en 15 millones a familia por daño moral

Publicado:
- Periodista Digital:
Roberto Neira T.

La mujer falleció en 2013 en el Hospital de la comuna de Puerto Saavedra.

El tribunal de alzada rechazó un recurso de casación y aumentó el monto a pagar.

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La decisión fue adoptada por la Primera Sala del tribunal de alzada.

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de casación que se presentó en contra de la sentencia que condenó al Servicio de Salud Araucanía Sur a pagar una indemnización al hijo de una paciente que falleció en el Hospital de Puerto Saavedra, en La Araucanía.

La víctima, María Florentina Alonso Riffo murió en 2013 en el interior del Hospital Familiar y Comunitario Dr. Arturo Hillerns Larragaña de la comuna costera y su familia presentó una demanda donde argumentó una negligencia del centro asistencial.

El tribunal de alzada ratificó la resolución dictada por el Tercer Juzgado Civil de Temuco, que estableció la falta de servicio del centro de salud y aumentó a quince millones de pesos el monto de la indemnización por daño moral.

En la resolución los ministros precisaron que se acreditó con "la prueba documental consistente en informes psicológico y social, además de la prueba testimonial, que efectivamente el actor sufrió un perjuicio de carácter moral con ocasión de la muerte de su madre".

La resolución fue tomada por la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Julio César Grandón, el fiscal judicial Óscar Viñuela Aller y el abogado (i) Claudio Bravo López.